Hace 6 años | Por ccguy a laboro-spain.blogspot.ie
Publicado hace 6 años por ccguy a laboro-spain.blogspot.ie

Una vez más es difícil resumir en un titular un asunto ligeramente complejo. De lo que trataremos en este nuevo artículo publicado en Laboro es de que son laborales las relaciones de prestación de servicios a terceros que los trabajadores establecen con algunas empresas mediante la típica aplicación, plataforma, app o como se quieran llamar; es decir que no son profesionales o como autónomo. Mejor dicho: que la relación se establezca mediante este tipo de aplicaciones no produce necesariamente que la relación no sea laboral.

Comentarios

El_Cucaracho

Por fin.