Queda suprimido el artículo 315.3 del Código Penal, por el que unas 300 personas se han visto procesadas por su participación en huelgas y piquetes, según calculan los sindicatos, pese al intento de PP y Vox de mantenerlo mediante dos vetos en la Cámara Alta.
Errónea, lo que se castigaba son las coacciones, no los piquetes.
"3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses." https://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t15.html
Comentarios
Ahora a por los servicios mínimos, que son una aberración.
Salvo en aquellos casos donde el no haberlos suponga un riesgo para la salud y la vida de las personas.
#2 se de algún hospital donde los servicios mínimos superan con creces al servicio normal.
Errónea, lo que se castigaba son las coacciones, no los piquetes.
"3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses."
https://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t15.html
#3 En la práctica se ha aplicado para perseguir la legítima actuación de los piquetes en las huelgas.
#1 #3 hay a quien le parece divertido
Es que era de juzgado de guardia. Un poco de sentido común, al menos.