Hace 2 años | Por --689162-- a larazon.es
Publicado hace 2 años por --689162-- a larazon.es

Cumplir la ley es necesario para una correcta convivencia. Las administraciones y gobiernos crean normativas para poder regular la mayoría de ámbitos de la vida cotidiana de los ciudadanos, exceptuando aquellas protegidas por regulaciones superiores, y así poder proteger derechos y libertades. Además, estas normativas en muchas ocasiones ayudan a tener unas líneas comunes para evitar ciertos descontroles que puedan provocar problemáticas mayores. A raíz de la pandemia las leyes restrictivas han estado a la orden del día y su discusión se...

Comentarios

Cantro

Más que leyes, se recopilan unas cuantas ordenanzas municipales

parpardoble

#1 Que son normas, pero no leyes.

ur_quan_master

Pues tendrán que ser más extrañas que la inviolabilidad del jefe del estado o el concordato que ya son ambas suficientemente chocantes en el siglo 21

comadrejo

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-7368

"La figura del Rey está constitucionalmente revestida de la inviolabilidad e inmunidad que tanto los antecedentes históricos como el derecho comparado atribuyen al Jefe del Estado, al establecer el apartado 3 del artículo 56 de la Constitución que «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2».

Conforme a los términos del texto constitucional, todos los actos realizados por el Rey o la Reina durante el tiempo en que ostentare la jefatura del Estado, cualquiera que fuere su naturaleza, quedan amparados por la inviolabilidad y están exentos de responsabilidad. Por el contrario, los que realizare después de haber abdicado quedarán sometidos, en su caso, al control jurisdiccional, por lo que, al no estar contemplado en la normativa vigente el régimen que debe aplicársele en relación con las actuaciones procesales que le pudieran afectar por hechos posteriores a su abdicación, se precisa establecer su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En este sentido, el nuevo artículo que se introduce atribuye el conocimiento de las causas civiles y penales que contra él se pudieran dirigir por los referidos hechos al Tribunal Supremo, atendiendo a la dignidad de la figura de quien ha sido el Rey de España, así como al tratamiento dispensado a los titulares de otras magistraturas y poderes del Estado.

Y similares razones concurren en la necesidad de dotar de idéntico aforamiento ante el Tribunal Supremo a la Reina consorte o al consorte de la Reina, a la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como al consorte del Rey o de la Reina que hubiere abdicado."


Casi todos los ciudadanos del reino son iguales ante la ley.

D

Mendigar con perros… ¡qué triste! A la pobreza extrema se le niega ni el derecho a un amante fiel que, al menos, acompañe y sea querido -y quiera- sin condiciones por los expatriados de nuestra sociedad. Falta empatía a patada.
Por otro lado, sí comprendo la prohibición del dominó en las calles: los jugadores son sumamente ruidosos y molestos. Que jueguen en lugares insonorizados, como se les pide a los locales con música.
Las demás prohibiciones parecen tontadas del tonto de turno.

j

#4 Lo de los castillos de arena es por la peña que hace castillos gigantes y pide dinero