Hace 2 años | Por cocolisto a elpais.com
Publicado hace 2 años por cocolisto a elpais.com

El Registro Nacional de Armas (RNA), en el que figuran casi tres millones de armas de fuego, ya no existe desde el punto de vista legal. El Tribunal Supremo ha anulado el artículo del reglamento de armas, modificado por un decreto de 2020, por el que se crea, en la Intervención General de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Guardia Civil, un registro

Comentarios

cocolisto

#7 Gracias por la aclaración.

Pilar_F.C.

#11 dale hacia delante y hacia atrás varias veces

frg

#4 El demonio está en los detalles, y en esta noticia lo importante son los detalles, no el titular.

cocolisto

Ojo,muro de pago.La he puesto por su importancia y porque no he encontrado otro enlace.No vais a poder leer más allá del encabezamiento.

frg

#1 Sinceramente, poner una noticia como esta, donde falta la mitad de la información no me parece de recibo. Justo falta lo importante.

cocolisto

#3 Lo importante es el hecho y así queda y así lo aviso.Puesto en plan exigente,pasa por caja y paga la suscripción.

D

#4 en plan exigente... las normas aquí no permiten enlazar a noticias de pago

Pilar_F.C.

#1 modo lectura

frg

#5 No, sigue igual

CillitBang

#11 Firefox modo lectura sin problemas
#5

frg

#15 Contenido exclusivo para suscriptores

marcamo

#1 Ver código fuente de la página. Se busca una palabra "clave" que hayas leído en la entradilla, en este caso sirve perfectamente (RNA), y ya tienes el artículo completo en modo texto.

thror

Que sentido tiene anular algo asi? No es necesario un control de armas?

Gry

#2 Porque redactó la ley un mono y tal como la escribió hacia obligatorio el registro de todo tipo de armas, incluidos cuchillos de cocina o hachas:

En una sentencia dictada el pasado 4 de abril, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Supremo declara la nulidad del artículo del real decreto que regula el registro, por considerar que la nueva norma no indica claramente qué tipo de armas deben incluirse en el mismo. La única interpretación posible, alega, es que deban registrarse todas las armas a las que se refiere el reglamento “lo cual no parece lógico ni congruente con la misma finalidad del registro y, desde luego, comportaría la incongruencia” de que deban inscribirse “incluso los simples cuchillos de uso doméstico”, como advirtió ya en su informe el Consejo de Estado. El tribunal no pone pegas para incluir en el registro las armas de fuego de imitación o réplicas, pero advierte de que el decreto se refiere también a otro tipo de armas (armas blancas, cuchillos, machetes o ballestas) cuya inclusión “no parece ni necesaria ni conveniente”.

thror

#8 Gracias por la aclaracion

El_Cucaracho

#8 A este paso vamos a tener que registrar el "trabuco"