Hace 1 año | Por remontanim a europapress.es
Publicado hace 1 año por remontanim a europapress.es

El Tribunal Supremo ha establecido que exigir un tributo en el mismo ejercicio en que entre en vigor su ley reguladora no vulnera el principio de irretroactividad, siempre que su periodo impositivo sea el año natural, que se devengue el último día de dicho año y que su entrada en vigor haya sido anterior a la fecha de devengo.