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El Supremo considera que el ex fiscal general "o alguien de su entorno" filtraron la confesión de la pareja de Ayuso

El Supremo considera que el ex fiscal general "o alguien de su entorno" filtraron la confesión de la pareja de Ayuso

La sentencia del Tribunal Supremo que condena a Álvaro García Ortiz considera probado que el entonces fiscal general del Estado “o una persona de su entorno” filtraron a la prensa la confesión de fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. La sentencia entiende que la nota de prensa de la Fiscalía también reveló datos confidenciales y que “el fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”. “Que un dato reservado sea conocido no neutraliza el deber de confidencialidad del fiscal general”.

| etiquetas: supremo , fiscal , filtración , ayuso , sentencia
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Comentarios destacados:                                  
#8 La sentencia también apunta al borrado de los mensajes del teléfono de García Ortiz como un indicio contra él: “Permite constatar el ocultamiento para evitar un posible descubrimiento de datos incriminatorios”.

La falta de pruebas es una prueba.
Vaya huevos mas gordos tienen.
#1 Huevos, corrupción partidista, pura y dura.
#7 Así es, lo de éste Gobierno, PSOE y Sumar es lamentable.
Necesitamos elecciones YA!
#1 Con la lógica de esta sentencia pueden dar por demostrada la existencia de dios. Como "no existe una explicación alternativa razonable" para la creación del universo, tuvo que ser dios.
#93 La sentencia se puede resumir como:

"No tenemos pruebas pero tampoco dudas de que fue él"

Así niños, es como se vuela por los aires la presunción de inocencia de un estado de derecho.
#93 Dios... o alguien de su entorno
#1 y el Óscar al mejor guión de comedia es para... La sentencia del tribunal Supremo.

Qué casualidad que justo salga la sentencia el día en el que testifican los del protocolo de la vergüenza.
#95 Bueno, ahí... todos los días tienen alguna que esconder.
#95 Esos que no se han presentado porque no han logrado dar con ellos, vamos que se han fugado.
#1 #2 #3 #5 Leed la sentencia:

"fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el correo".
#97 lo sabes porque yo digo que tú lo sabes, o podrías haberlo sabido o no quisiste saberlo, pero me da igual porque no necesito ninguna prueba, porque tengo momentáneamente la autoridad para imputártelo. Chimpum.
#97 no determina que persona de su entorno pido revelarlo? Entonces como puede asegurar que lo hizo con conocimiento del fiscal?
Son demasiadas suposiciones como para eliminar la presunción de inocencia
#97 Por favor una sola prueba, declaración, indicio y te concedo hasta un simple dato que sustente esa afirmación. Si no se sabe indubitadamente por medios tecnológicos quien filtró y desde que dispositivo el correo todo lo demás es humo, inferencias, suposiciones y basura politico- judicial. Así se desmorona la presunción de inocencia en un Estado de derecho pero como no es de nuestra ideología lo celebramos como una victoria, que desastre.
#97 Estamos hablando de una sentencia judicial, no de dos cuñados en la barra de un bar, digo yo que debiera acreditar quién ha sido y cómo era de conocimiento por el fiscal general. Yo o el juez podemos decir lo que nos salga de las gónadas, otra cosa es lo que se demuestre al respecto y ahí no se demuestra nada, solo se afirma con rotundidad pero sin aportar nada que respalde dicha afirmación.
#97 No importa lo que diga la sentencia.
El playbook del PSOE y Sumar se ha reactivado y como no se puede negar el hecho probado el objetivo está en despretigiar la sentencia y al tribunal. Es un clásico de la técnica del sabotaje.
#97 A mí me da que el que sí que lo conocía de verdad era MAR, pero por lo que sea a ese no le preguntan ni le investigan, ni tiene consecuencias que declare mentir.
#97 Con su conocimiento porque me sale de los huevos pensar eso.

¿Te has parado a pensar eso? ... ¿con que pruebas?

Estamos en lo mismo.

¿Y lo de que no contestar a las acusaciones es una prueba más de su culpabilidad?

xD xD xD

Se han cargado un de los pilares más básico no solo del sistema judicial español sino de todo occidente.

Anga amigo ... no engañas a nadie. Tú sabes de qué va esto. Si hasta habla de datos reservadis mencionando el artículo 417 que no existe en esa ley.
#97 o sea que no saben quién ha sido.

Segundo o sea, si no saben quién ha sido cómo saben que el FGE tenía conocimiento, tiene que haber alguna prueba de que ese desconocido iba a filtrar el acuerdo, si no saben quién era de donde infieren que el FGE no se lo impidió.

Tercer o sea, quiénes son lo de su entorno, dos o tres personas o las más de 500 que tenían acceso a la información filtrada.

Cuarto o sea, la jurisprudencia del propio Supremo establece que no hay secreto en algo que ya está desvelado y lo estaba antes de publicarse la nota de prensa, la jurisprudencia ya tal, como Groucho Marx, tengo una jurisprudencia pero si no les gusta aquí tengo otra.
#1 Es casi enternecedor cuando el Supremo está describiendo, con nombres y apellidos, una filtración ilegal salida del propio fiscal general o de su círculo. No es una opinión: es una condena. La sentencia habla de revelación de datos confidenciales, de violación del deber de sigilo y del detalle más feo de todos, el borrado de mensajes del teléfono, que el tribunal señala como indicio claro de ocultación. Esto no es folklore judicial, es el Supremo retratando a la cúpula de la Fiscalía que la…   » ver todo el comentario
#1 Sí, que el Gobierno siga en pie en estos instantes con un delincuente nombrado por el Presidente del Gobierno, Sánchez, es de muchos huevos.
#1 coger la sentencia completa que está aquí elpais.com/espana/2025-12-09/texto-integro-de-la-sentencia-contra-el-f
Luego pasarla por cualquier IA más conocidas y decirle:
"Busca la inconsistencia judicial de esta sentencia, en profundidad."
4 que he probado es que se petan de risa de esta sentencia.
Basta ya de golpes de Estado.
La sentencia también apunta al borrado de los mensajes del teléfono de García Ortiz como un indicio contra él: “Permite constatar el ocultamiento para evitar un posible descubrimiento de datos incriminatorios”.

La falta de pruebas es una prueba.
#8 Y con el responsable de protecció n de datos diciéndole al tribunal que es una práctica fomentada por ellos mismos, que los terminales deben ser borrados y tener la mínima información, y que han hecho pedagogía para que se vaya convirtiendo en la norma.
Han tenido al responsable de protección de datos justificando esa actuación y por sus huevos la han metido en la sentencia.
Desde luego solo han escuchado lo que les ha apetecido escuchar. El in dubio pro reo se lo han metido por el arco del triunfo.
#85 in dubio, pitorreo.
#8 El borrado de información de su correo es un indicio. Que junto con otros puede llegar a convertirse en pruebas.

Si a ti te roban el móvil y pillan a un tío con tu móvil eso no es una prueba de que te lo haya robado, sino un indicio. Si en la cámaras se ve que ese tío estaba a tu lado es otro indicio. Si además se le encuentran otros 5 móviles robados es otro indicio. Ninguno por separado es una prueba pero todos juntos pueden serlo.
#8 Evidentemente, no. Lo que si es un indicio es haber borrado las pruebas ... sobre todo las que supuestamente le exculparian.
#8 es un indicio, pero que importa muy poco cuando el que borra es el PP...
#8 Con los discos duros de Bárcenas el tribunal no opinaba lo mismo.
#8 No tienes ni idea de como funciona una instrucción
#8 limpió la casa 17 veces con lejía para ocultar las pruebas del asesinato.
- La falta de pruebas es una prueba. :foreveralone:
#8 no es una prueba, es un indicio.
Ni cotiza que el Constitucional se carga esta sentencia en un tris…

Como vas a condenar a una persona por algo que haga su entorno?

¿Quien de las más de 100 personas que tenían acceso a ese buzón de correo fue la fuente?
#2 porque el diario omite la frase completa que es "o una persona de su entorno y con su conocimiento" es muy diferente. el diario.es claramente al servicio del gobierno omitiendo la informacion real, dando paso a generar dudas sobre la sentencia
#22 Eso es especulación. No hay pruebas.
#32 eso es lo que pone en la sentencia. no es lo que yo digo.
#37 Sí, pero lo que pone la sentencia es un acto de fe por parte de los jueces del Supremo al no haber pruebas. De mala fe de unos corruptos prevaricadores, quiero especificar. :troll:
#64 "La información recopilada, concretamente, el correo electrónico de 2 de
febrero, fue comunicado desde la Fiscalía General del Estado, con intervención
directa, o a través de un tercero, pero con pleno conocimiento y aceptación por
parte del Sr. García Ortiz
". página 18 de la sentencia www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL SUPREMO/DOCUMENTOS DE INTERÉS/202


a mi no me preguntes, yo solo digo lo que pone.

#60 a mi me da igual si es buena o mala. digo lo que pone. y que claramente el diario esta omitiendo esa información

#58 pues si le han condenado supongo que si. ahí tienes la sentencia original en link.
#73 queda demostrado en la sentencia que tuviera conocimiento?

No repitas la sentencia como un papagayo. Tú has afirmado que fue con su conocimiento, ¿que pruebas hay de ello?
#75 mira bien lo que he puesto, que yo no he dicho nada, yo he citado la sentencia. yo he afirmado que en la sentencia pone que ha sido con su conocimiento.
#73 conocimiento anterior o posterior al hecho?
#60 la nota de prensa firmada por el fiscal revelando datos confidenciales no es una prueba porque así lo decides.

Es terrible que o bien no entiendes lo que lees o que entendiéndolo continuas con "el relato".

Cada opción es peor cuantas más vueltas se le da.
#22 ¿exactamente qué pruebas tienen de ello para hacer tal afirmación en la sentencia?
#33 no lo sé, te lees la sentencia y lo miras... pero la frase que aparece es esa.
#35 Me imaginaba que si tan rápido has acudido a corregir una palabra sobre la que venía o no en la sentencia, te la habrías leído, y nos podrías seguir iluminando.
Pero vamos, que ya lo dicen las dos magistradas en sus votos particulares que recoge la noticia:

"Ambas magistradas cuestionan que la resolución de la mayoría afirme “categóricamente” la participación de García Ortiz en esa filtración a pesar de que “no se describe, ni cómo, ni dónde, ni a través de qué medios tiene lugar

…   » ver todo el comentario
#49 Claramente corrijo una parte que se está ocultando de la sentencia. no es lo mismo que "alguien de su entorno" que esto:

"La información recopilada, concretamente, el correo electrónico de 2 de
febrero, fue comunicado desde la Fiscalía General del Estado, con intervención
directa, o a través de un tercero, pero con pleno conocimiento y aceptación por
parte del Sr. García Ortiz
". página 18 de la sentencia…   » ver todo el comentario
#80 en #56 tienes exactamente el parrafo, "con intervención directa, o a través de un tercero, pero con pleno conocimiento y aceptación por parte del Sr. García Ortiz"

yo no estoy juzgando al sentencia. no sé si es buena mala o regular, me la pela. yo digo lo que pone
#84 Te repito, que tenga conocimiento no significa que sea con su orden y aprobación. Yo puedo saber que has realizado un delito a alguien, pero no soy el que lo realiza, lo eres tú.

Y si hay dudas manda la presunción de inocencia. Pero vamos, de Derecho básico, eh?
#99 mira de español básico: tu entiendes la diferencia entre el titular y lo que pone en la sentencia? entiendes que poner "alguien de su entorno" da a entender que el no ha tenido nada que ver? entiendes que la frase que pone en la sentencia es esta: "o a través de un tercero, pero con pleno conocimiento y aceptación por
parte del Sr. García Ortiz" y que no significa lo mismo que la anterior?

de derecho básico es saber que eso es una frase de la sentencia de la pagina 18 y que la sentencia total tiene 233 paginas. que yo no estoy diciendo si la sentencia bien o mal, estoy diciendo que eldiario ha puesto un titular sensacionalista y con clara intencionalidad
#84 ten cuidado que si no pueden justificar a alguien de su partido le cortan los cojones al mensajero a la mínima.
#56 #84 Bueno, en la noticia si que ponen el texto completo, en el titular no, es cierto.
#84 Son hienas. Cuando sacan las antorchas da igual lo que les justifiques o demuestres. Van a por ti como alimañas
#56 Es curioso que sepan con total seguridad que fué él "o alguien de su entorno" sin precisar nada ni por que consideran probado eso.

E ignorando los testimonios de los testigos
#49 Sin contar los testimonios de los periodistas...
#22 ha quedado demostrado que fuera con su conocimiento?
#58: No han demostrado que fuera esa la filtración, van a demostrar que fuera con su conocimiento... xD
#22 Conocimiento=/= con su orden.

Es que ni yéndonos a ese supuesto significa que sea culpable del delito, como mucho cómplice, que no es por lo que se le juzgo.

Aquí lo importante es que el Supremo no ha probado que haya sido él en exclusiva y se han pasado el in dubio pro reo y la presunción de inocencia por sus cojones toreros
#22 tener conocimiento de un delito, y ser el que lo comete no es lo mismo.
Pero supongo que para los que vais a intoxicar y os la pela las consecuencias de condenar a un inocente sin pruebas esos detalles os parecerán minucias...
#22 Esa parte está omitida en el titular, pero en el cuerpo de la noticia sí que está, que parece que lo han omitido completamente y no es así.
#22 Pues yo sí que lo leo en la noticia de eldiario.es: "afirmar, como hecho probado, que fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, quien entregó el correo para su publicación en la Cadena SER”.

Será el hardware de mi portátil, que es distinto del tuyo.
#22 si no es posible ni siquiera determinar que persona de su entorno pudo ser, no creo que sea posible asegurar que se hizo con su conocimiento.
#22 panfleto a la altura de la inteligencia de sus lectores.
#22 por favor, para de enmierdar este meneo. Sólo dices chorradas, nada útil, ruído del más malo. Molestas, ensucias, estorbas, sobras...

Yo te lo pido por favor. Por supuesto, haz lo que veas.
#22 cuál es la prueba que demuestra “con su conocimiento”? Algún mensaje? Whatsapp? O es que suponen que debería saberlo?
#22 es que ni siquiera saben qué lo ha filtrado!!! Dicen “alguien”. Jajjajajajajjaja
#22 ¿Y que? Si no determinan la persona de su entorno no pueden determinar si lo hacia bajo conocimiento o no del fiscal. Además que tiene lagunas la argumentación. Porque dicen que lo filtra a un periodista de la SER que supuestamente incurre en una contradicción, porque dice que no llamo al Fiscal porque no le coge el teléfono nunca desde que es fiscal, pero luego si hay una llamada, se perita y dura 4 segundos, pero bueno lo filtró porque habría otras comunicaciones, supuestamente las que…   » ver todo el comentario
#2 Pues claro. En el Supremo, con mayoría conservadora, le condenan. Y en el Constitucional, con mayoría progresista, le anularán la sentencia.

De todas formas, el objetivo ya está conseguido.
#62 Que la justicia tiene un sesgo a la derecha no lo vamos a negar a estas alturas, ¿no?

Leñe, si lo digo aquí mismo => #29
#70 Una cosa es tener un sesgo y otra delinquir.

Hoy hasta el mas lerdo sabe quienes son unos delincuentes y quien un inocente.

Y cuando el TC tumbe esta mierda no sera por sesgo sino por cumplir la ley y la constitución.

El fiscal estaba condenado desde la admisión a tramite de la denuncia por Hurtado. Denuncia desde el entorno de la CAM utilizando la mula del colegio de abogados a los cuales luego premio con recursos publicos.
#2 el objetivo ya está cumplido. no pasa nada si el TC lo echa atras. no van a expedientar a los golpistas con toga.
#2 Entiendo que si yo tengo una información privilegiada y se la cuento a mi mujer y ésta lo filtra, el responsable soy yo, no mi mujer
#65 esa información no la tenía solo el fiscal. La tenía el fiscal y mucha más gente con acceso al buzón de correo en el que se recibió el email
#77 Si ha sido alguien del entorno del fiscal, entiendo que el que lo ha filtrado ha sido el fiscal. No creo que el ayudante de fiscal se hable con la mujer de él.
#2 Esta sentencia viene a ser como las investigaciones de Gila... alguien ha filtrado algo... para ir desmoralizando al culpable.
#2 Cuando eres el encargado de vigilar que nadie de tu entorno haga estas cosas, que alguien de tu entorno las haga, a lo mejor te toca algo de responsabilidad :roll:
#2 Y sin saber quien de su entorno ni tener pruebas de nada...
#2 Es que ni siquiera hay pruebas, no ya de que lo haya hecho él, sino su "entorno". Querían condenarlo, con pruebas o sin ellas, y así lo han hecho. Se ve que porque pueden
Ostras !! si el borracho de mi vecino atropella a unos cuantos viandantes , también me pueden condenar por ser de mi entorno ? <:(
#5 si tu vecino es MAR date por jodido
#9 Al contrario, si su vecino es MAR igual le piden hasta perdón por molestar y todo... :wall:
#5 No, te condenarán a ti por ser de su entorno
#5 si el borracho de tu vecino atropella a unos cuantos viandantes porque tu se lo has dicho, sí, también eres culpable.

"o una persona de su entorno y con su conocimiento" a eldiario.es se le ha olvidado como continua al frase por algún casual
#30 ¿Y cómo dices que se ha probado su conocimiento? ¿Y cómo puedes decir "lo atropelló el usuario o el borracho de su vecino a sabiendas del usuario"?
#36 pregúntale al tribunal supremo.
#39 vamos, que te la suda que no haya prueba alguna, la "filtración" fuera conocida por más de media docena de periodistas(no se puede filtrar algo ya filtrado, ni revelar 2 veces lo mismo...).
Y en general el estado de derecho y la democracia en tanto jodan a "los rojos"(y ni cotiza que el fiscal es más de derechas que el papá..), verdad?
Por qué te escusas en una sentencia SIN PRUEBAS para justificar todos tus comentarios.....
#36 Has sido tú.

Puedes probar que no lo has sido?

Ese es el nivel
#30 xD cogidisimo con pinzas

1. Hace falta mucho mas relaciones (de poder o contractuales: p.e -> Pagaste a un sicario) para que una persona también vaya a la cárcel junto al propio asesino "por que se lo dijo/ordeno".
2. Si se quiere hacer un "simil" bien hecho con lo del fiscal, deberías decir que ""el que se lo dijo" va a la cárcel, y el que atropello, queda libre.
#52 Bueno, ordeno que le mandarán el correo a su correo particular, luego borro todas las pruebas y poco después salió publicada. No sé, tirar la pistola no te hace inocente de un asesinato si todas las pistas concluyen que has sido tú.
#92 Solo que las pistas no concluyen eso.
#92 Si tienes que inventarte la secuencia, ya estas perdido de antemano.
#30 Osea, que si atraco un banco y digo que "me lo has dicho tú", eres culpable, aunque no haya ni una sola prueba de que yo te lo haya dicho. xD xD xD xD xD xD xD

Justicia de patio de colegio.
#64 con eso y que sea de tu entorno, según está jurisprudencia, si...
#30 donde dices que se prueba que el FG haya dicho nada a nadie?
Ilumínanos, por favor...
#30 Menuda mierda de comparación... Si el borracho de mi vecino atropella a unos cuantos viandantes porque se lo digo yo, el culpable es el que atropella a la gente por tomarse en serio las gilipolleces que cualquiera le diga.
#5 No, pero si tú induces a alguien a matar a otra persona si que te pueden condenar.
No entiendo una mierda.
"considera probado que el entonces fiscal general del Estado “o una persona de su entorno”" ¿Se elige al condenado por aproximacion?
“no existe una explicación alternativa razonable” que apunte a otro lado" ¿Condenan en base a una teoria-hipotesis no probada?
“No está en juego la credibilidad de los testigos” Pero se descarta sus testimonios porque contradicen los dos puntos anteriores.
" La sentencia entiende que la nota de prensa de la Fiscalía también reveló datos confidenciales" ¿Han vuelto a mover la porteria y ya no le condenan solo por revelar datos confidenciales sino tambien por lo que no han podido probar?
#17 En mi cabeza suena a el "in dubio pro reo nos lo pasamos por el forro de los huevos". Pero bueno, igual algún experto en leyes lo entiende mejor
#17 “no existe una explicación alternativa razonable”

Que pena que esa doctrina no la aplicase la audiencia provincial de Madrid en el caso Cifuentes.
Pero la condena exactamente es por "el entorno" o mas bien por "La sentencia entiende que la nota de prensa de la Fiscalía también reveló datos confidenciales y que “el fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”. “Que un dato reservado sea conocido no neutraliza el deber de confidencialidad del fiscal general”"

Porque lo 1º no tiene sentido pero lo 2º es inapelable ya que la nota de prensa esta ahi a la vista de todos.
#11 creia haber leído que ya había una aclaratoria sobre la nota de prensa que no había ningún delito en ella y por ello estaba fuera de la discusión en el juicio... No? Ahora resulta que si?
#13
auto apertura causa en Supremo
"la revelación del correo del día 2 de febrero de 2024, asumiendo o reconociendo su culpabilidad de dos delitos fiscales [..] no compatible con la misión de información a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan, fijada estatuariamente para el Ministerio Fiscal (art 4.5 y 50 EOMF)"

auto apertura juicio oral por el Supremo:
"sujetos a los criterios de reserva y confidencialidad por parte de la Fiscalía [...], y que llevan

…   » ver todo el comentario
#26 Pues fue el propio supremo quien lo dijo en el mismo auto de apertura que citas.

www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-

"Para ello, la Sala transcribe primero el contenido de la nota controvertida, y subraya al respecto que “de lo anterior se desprende que, aparentemente, no hay información indebidamente revelada,

…   » ver todo el comentario
#76 En realidad las negritas deberian estar en "ante el conocimiento publico de los hechos". Ahi lo que dicen es que publicar la nota de prensa no constituye delito de revelacion porque los hechos que contenia ya se conocian (unas horas antes) y, por tanto, ya habian dejado de ser secretos. No dice nada del contenido (delictivo o no) que puediera tener la nota.
#76 >aparentemente

No es un dictamen definitivo sino de examen parcial de hechos y hay autos posteriores, más recientes, con la causa avanzada, que apuntan a que puede serlo

>“Las noticias que circularon y que sirvieron de contexto previo para la reacción de la Fiscalía no justifican la comisión de un delito", advirtieron. "En otras palabras, no se puede revelar un dato confidencial para rebatir un hecho que se considera incierto"
>www.elconfidencial.com/espana/2025-07-30/supremo-avisa-destruccion-pru

En cualquier caso el que sentencia criterio final es un tribunal.
#13 exacto, el abogado de la defensa preguntó si tenía que defenderse de la nota de prensa y el tribunal dijo que no.

Por si quedaba alguna duda de lo “limpio” que ha sido este proceso.
#27 Bulo. No encontrarás fuente de eso porque es inventado.
#13 En muchas tertulias que he oido ponian precisamente el foco en la nota de prensa como raiz de la sentencia de culpabilidad.
Y justamente por eso yo no me he manifestado aun sobre el juicio y la sentencia.

CC #13 Supongo que habra prueba de lo que comentas que no han visto los que han comentando la sentencia hasta ahora como comento en el parrafo anterior.
#13 Así es. Si no recuerdo mal, eso es lo que concluyeron en la fase de instrucción: todo lo que aparecía en la nota de prensa ya había sido publicado anteriormente por los periodistas y por tanto no se revelaban datos que no fuesen ya de dominio público. De hecho, la denuncia inicial era sobre la nota de prensa, y fue al descartarla cuando tuvieron que buscar otros motivos para investigar al FGE (emails, borrado del teléfono...)
#13 #43 Amplio sobre lo que comento, según una noticia que también se publicó por aquí:

El Supremo aceptó investigar al fiscal general, que llevaba semanas declarando en público que él era el máximo responsable del comunicado, pero cambió el foco de la causa. La

…   » ver todo el comentario
#11 La nota de prensa solo relevo datos públicos contemplados en el registro mercantil.

Inapelable y dos huevos duros ... juicio nulo de libro. Ademas mezcla de forma ilegal datos reservados y datos confidenciales que van por los leyes distintas modificadas este mismo año y en vigor; no se saben ni la ley

Han hecho un totum revolutum ante la mierda que tienen montada encima por sus propias acciones prevaricadoras ... el fiscal ni se pudo defender de la nota de prensa porque el objeto del juicio ni era ese.
#47 ¿Nulo? Si acaso recurrible y ganable de calle digo yo.
#81 Lo de la nota comodín es cuando más ridículo... en el juicio no tuvo siquiera la opción de defenderse porque el objeto era otro y solo salió de refilón por parte de la acusasacion sieso rápidamente reconducido por.los propios jueces que ahora lo utilizan.

La ultima mierda de Marchena cagandose en el convento ... A ver si se va de una puta vez y el TS recupera algo de prestigio. Pero viendo recambios como Lamela lo dudo mucho.
#81 Solo puede recurrir a los mismos jueces creo ... todo lo mas que van a llegar es a hacer ses mas bufas, como en el colegio de abogados, pero esta vez desde un puticlub para mearse encima de los españoles.
#11 Pero si lo que se juzgaba era si el fiscal había cometido delito sin tener en cuenta la nota de prensa, que ya dijo el tribunal que no revelaba secreto alguno. ?( ¿Donde dije digo digo Diego?
#51 Si es asi, que lo desconozco, el recurso esta ganado de mano.

CC #48
#11 Ellos mismos dijeron que la nota de prensa no era delictiva porque lo que en ella se decía ya era público de antemano. Se están desdiciendo. Y lo que es peor, al haber negado de antemano que eso fuese delito, se le ha negado la posibilidad de plantear una defensa en el juicio enfocada en ese hecho.
Le han condenado por lo que ellos mismos determinaron que no era delito.
#11 Ya, pero no se le ha juzgado por la nota de prensa y, por tanto, no se ha podido defender de eso.
#11 Lo que no entiendo yo es siendo lo segundo siendo un argumento bastante solido por qué cagarla con lo de "alguien de su entorno con su conocimiento"
Alguien o alguien del entorno de alguien ha hecho algo.
#4 en alguna parte…
#4 aqui eldiario omite el final de esa frase y es "alguien de su entorno con su conocimiento" hay que ser un periodista muy vil para omitir esa frase, dando a entender que se le ha condenado por algo que no ha hecho
#19 ¿Como está demostrado ese conocimiento?
#25 a mi no me preguntes, no me he leído entera la sentencia, ni soy juez. pero la frase que pone es la que he puesto yo. no la cortada de eldiario.
#34 Pues tras leer la sentencia [1], básicamente marean mucho la perdiz (odio el legalese en cualquier idioma) pero parten de que no hay pruebas de que el fiscal no filtrara el mensaje, y dado que no hay pruebas de que no lo filtrase, debe pues haberlo filtrado. El párrafo de "con su conocimiento" es la conclusión después de descartar en el título segundo con todas las maneras en que podrían haber descartado que lo filtrase. Es decir, parten de la suposición de que lo filtró y prueban que no hay manera de probar que no lo hiciera, completando un argumento circular.

[1] www.20minutos.es/nacional/lee-los-233-folios-sentencia-que-condena-fis
#19 Hay cosas más viles, como condenar sin pruebas, emitir pena antes de sentencia o que todo eso sucediera en el 50 aniversario de la muerte de Franco mientras el verdadero delincuente se compraba un piso de un kilo a precio de ganga.

Pero si, el diario ha omitido una parte importante de una sentencia redactada por un puñado de jueces prevaricadores (uno de ellos, además, presumiendo mientras cometía el delito de revelación de secretos abiertamente y sin tapujos).
Es la mayor vergüenza de la historia de la democracia española. El poder judicial está tocado de muerte.
No puedes condenar judicialmente a una persona en una sentencia si el hecho del que se le acusa lo ha hecho otra persona.

Es un golpe de estado judicial en toda regla.
#16 ahora dilo sin llorar.
Interpretacion de la sentincia: Alguien a hecho algo en algun sitio pero nosotros el Tribunal Supremo debemos condenar y condenamos a Garcia Ortiz (por nuestros huevos morenos) aunque no haya pruebas suficientes de que haya sido el que lo ha hecho y además nos quedamos tan panchos! :wall:
#61 no sólo eso, aunque haya pruebas precisamente de lo contrario (descartando el testimonio bajo juramento de los periodistas que afirmaron que la filtración no procedía de él ni de su entorno).
Una sentencia condenatoria suisgeneris made inqusicion española. Madre del amor hermoso, sin pruebas que especifiquen de forma firme, dibaga, especula y mete la pata chula. Por esto y varios disparates como este, no se nos hace ni piletero caso Allende los mares, léase la no extradición de Puchi por la justicia belga, por la carencia de garantías procesales de santa inquisición española.
Lo raro es que no condenen de paso al perro sanxe porque es del entorno de García Ortiz :troll: No les habrá dado tiempo con las prisas para irse de vacaciones o a cobrar algún curso.
#12 Pues que sentencien al Presidente del Gobierno. El responsable ultimo es el.

¿No?

CC #15 #21
#42 No, el Presidente del Gobierno no es responsable de la Fiscalía.
#46 Es el responsable ultimo de lo que pasa en Ejjjpaña y, por ende, de la Fiscalia.
#53 El rey está por encima.
#46 Porque tú lo digas. La realidad no la dictas tu, lo dictan los inquisidores del supremo.
#59 ¿Tu piensas que deberían condenar a Pedro Sánchez?
Yo no, ni tampoco los jueces del Supremo, que ni siquiera le han incluido en el proceso (ni como investigado ni como testigo)
#46 "La nota de prensa solo relevo datos públicos contemplados en el registro mercantil."
no creo que en registro mercantil aparezca "ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública"
#181 "en el juicio no tuvo siquiera la opción de defenderse porque el objeto era otro "
pero si el auto de apertura procedimiento lo deja claro:…   » ver todo el comentario
#71 eso se lo han inventado, no lo digo yo, lo dice por ejemplo Ayuso, que niega tener conocimiento o interés sobre cómo se paga con dinero robado su pisito :troll:
Recordar que la noticia falsa es de MAR, donde acusaba al fiscal general de retirar un pacto que previamente se le ofreció.
#14 ya pero  media
#14 Se estaba juzgando al payaso de MAR?
#98 MAR acuso al fiscal general que muchos medios de su cuerda publicaron, mintió y no solo eso sino que sus medios lo publicaron con 0 pruebas.
Y se acusa al fiscal general de la nota de prensa que envió para decir que eso es mentira.

#31 Si lo he entendido desde el primer momento, pero sino se sabe, como se sabe que ha sido desde su entorno para hacer responsable a alguien que no se sabe quien fue que estaba a las ordenes del fiscal general.
#98 No. Es impune.
Como no hay otra alternativa que veamos plausible has sido tu.

Tocate la polla.
¿Entonces, Alberto Quirón o alguien de su entorno? :troll:
" Alguien ha matado a alguien" - Gila dixit
Condenado por una hipótesis especulativa: "tuvo que ser él o alguien de su entorno·"

Las pruebas ya tal...
Bueno, esto es lo que en menéame dicen muchos, que si alguien comete un delito, pues su superior también es responsable del mismo.
Aunque supongo que en este caso no procede por lo que sea.
#15 Hostia.

¿Estás seguro de que quieres tirar por ahí?

La sentencia es un meme absurdísimo y lo sabéis, pero hay que ganarse el pan.
#18 ¿Consideras que Diaz Ayuso es responsable de unos protocolos redactados y firmados por un consejero subordinado a ella?
#20 Depende, ¿Díaz Ayuso firmó esos protocolos? ¿Díaz Ayuso cobra por ser responsable de los que tiene debajo o es un florero que sale en la tele a decir cosas? ¿Crees que un consejero subordinado hace cosas a su rollo sin hablar con, bueno, la persona de la que es consejera?

#23 A ti nada, a tu entorno de cositas. Así que según esta sentencia, caes.
#20 Políticamente sí, como Mazón es responsable de los 230 muertos de la DANA. Penalmente ya se verá. Si esto sienta jurisprudencia no va a ser rentable meterse en política para forrarse si no tienes muchos amijos en la judicatura.
#18 pero hay que ganarse el pan.
¿De que me estás acusando exactamente?
#15 Cierto, pero ¿Quién fue quien cometió el delito?

Porque " considera probado que el entonces fiscal general del Estado “o una persona de su entorno” filtraron a la prensa la confesión de fraude fiscal"
no es ni un mal chiste de Gila, o es el fiscal o alguien de su entorno, pero quien concretamente y si es alguien de su entorno, ¿Quién fue? nombres y apellidos.
#24 Pues no se sabe, pero le condenan a él por ser responsable de la institución desde donde se cometió el delito.
Creo que mi comentario es bastante claro, ¿no?
#24 Yo sospecho de M.Rajoy.
#15 Vamos, que admites que la "justicia" es una inquisición al servicio de la derecha. Te vas a querer centrar en nosotros, pero nosotros no importamos una mierda, importan los criminales inquisidores que dictan "justicia". ¿Qué justificación hay para que el Fiscal si lo procesen y a Ayuso no?
#15 Responsabilidad política no es lo mismo que responsabilidad legal.
#15 Entonces, esperaremos a que le tribunal aplique la misma lógica a Ayuso y a Mazón.
Me cojo aquí una sillita a esperar.
#15 Pues depende de los protocolos y del hecho en sí.

Supongo que eres un cuñao todoista, de esos que están de moda.
“Que un dato reservado sea conocido no neutraliza el deber de confidencialidad del fiscal general”

Esta frase es de traca. ¿Aunque la información fuera ya pública, difundida por varios medios, el fiscal no puede referirse a dicha información (que es cierta) para desmentir un bulo?
#88 esto me retrae al momento en el que el juez que sentenció al fiscal general vacila ante el colegio de abogados que será él quien lo haga
A ver, imagino que se agarran a que aunque sea alguien de su entorno, el responsable último es el fiscal. Es como si alguien mata con tu coche y tú no has denunciado el robo. En derecho si te quieren buscar las cosquillas te las encuentran y al ex fiscal lo querían echar desde el dia uno. Por eso ni va a ir al constitucional ni nada.
#12 Por mucho que no hayas denunciado el robo, si alguien mata a un tercero con tu coche, pero tú tienes coartada, a ti no te endiñan el muerto. Derecho romano.

Ahora, entre la presunción de culpabilidad por un testigo de cargo (ley solo si es si) y el "o alguien de su entorno" El derecho romano nos lo pasamos por el arco del triunfo.

OLE!!!
#12 Si alguien mata con tu coche y tu no has denunciado el robo, no eres culpable de matar con el coche. El culpable es el que conduce y deberán demostrar quien es.
#12 si no se puede probar que condujeras, no te pueden condenar.
Mal ejemplo has ido a buscar....
#12 Igualito a cuando nadie resultó ser responsable de que un policía disparase munición real sobre personas en Linares.

Estado de derecho S.L.
Con esa redacción ya tiene ganada la apelación (pero perdido el cargo, claro, que es lo que se buscaba)
Un delito penal no se puede asignar "a ti o a otro"
Entonces no han demostrado lo contrario, por lo tanto es culpable. Cierto? Es que me he perdido!
#90 Si hubiera pruebas se condenaria con pruebas, como no las hay lo condenan por ausencia de pruebas, ademas lo conden porque su entorno ha podido hacerlo con su consentimiento, que tampoco hay pruebas de nada.

No solo no hay pruebas, si no que encima dice que puede que haya sido su entorno, con su consentimiento.
Te imaginas que mañana sale el que filtró el correo y confiesa que fue él y no es del "entorno" del FG?
La parte de que el que se conozca o haya rumores no da derecho a romper el secreto profesional me parece un argumento solido.

Pero la parte de "alguien de su entorno" lo ha filtrado es de traca. Bueno bueno, a esta señora la ha matado alguien si no ha sido usted ha sido alguien cercano xD
#72 "... y como no sabemos quién, pues lo empuramos a usted." :palm:
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