Hace 2 años | Por painful a deia.eus
Publicado hace 2 años por painful a deia.eus

El Tribunal Supremo ha hecho pública este viernes la sentencia con la que ha autorizado el uso del pasaporte covid en Euskadi. Los magistrados han justificado la decisión por considerarla "proporcionada" y necesaria". En la sentencia, que estima el recurso del Gobierno vasco contra el auto del TSJPV que denegó la medida, la Sala explica que la exigencia de exhibir el certificado covid para acceder a establecimientos nocturnos de ocio y restaurantes con capacidad para más de 50 comensales presenta los rasgos de "adecuación, necesidad y proporcio

Comentarios

D

#2 también deja en evidencia que la ley es un cachondeo, mismo tema distintas sentencias según donde sea. Es vergonzoso.

D

#4 y quien hace la ley? el poder legislativo. Si haces una ley de mierda, pues pasa lo que pasa.

X

#2 ¿Quién va a apoyar al gobierno en esa ley? ¿Las comunidades van a dejar de pedir que les dejen hacer lo que les da la gana? Mucha hipocresía hay.

ACEC

#11 Las aplicaciones de verificación no guardan datos personales ni los transmiten, sólo lo smuestran por pantalla por un tiempo limitado para poder combrobar la identidad. Hasta donde sé, son todas de código abierto, por lo que es comprobable.

D

#12 tienes que enseñar el DNI a una persona que no tiene formación alguna en tratamiento de datos, que puede perfectamente darse la vuelta, apuntar tus datos y usarlos para lo que le dé la real gana.
Es este el motivo por el que solo la policia te puede pedir el DNI, porque un desconocido cualquiera puede hacer lo que le de la gana con tus datos y estoy seguro que no los va a usar para algo bueno, precisamente.
Yo no entiendo que es lo que no entendeis de algo tan simple como la protección de datos, o nunca os han falsificados datos, ni tarjetas ni nada, o sois demasiado ingenuos (en este segundo caso, la vida ya os va a dar tortas y se os pasará la tontería).

y

Primero que no sé que hace un juez metido en esto. Es cosa del gobierno.

Pero lo que está totalmente claro es que no existe ningún criterio y cada juez hace lo que le da la real gana. Inseguridad jurídica, le llaman.

K

"Deja en evidencia". En este país hasta cualquier procedimiento administrativo o judicial del montón se tiene que interpretar como un zasca. Qué peste de medios.

ACEC

Parece ser que no existe el derecho a contagiar y ser contagiado de forma eficaz. Porque privacidad la tienes, no se almacenen datos personales y no estás obligado a ir a restaurantes y salas de baile. El derecho a reunión no está afectado, te puedes reunir en otros sitios que no sean un bar o una discoteca. Igualdad... bueno, si, se "discrimina" al no vacunado y no puede acceder a lugares de ocio. Ahí es donde hay que evaluar que pesa más, si la salud pública o la igualdad para acceder a ciertos recintos.

D

#7 Podrías decir que organismo se encarga exactamente de verificar esto: "no se almacenen datos"?
quieres decir que los no vacunados menores de 12 años tampoco van a acceder? o hacemos una discriminación a dedo?

D

Ay!! que seria de Euskadi sin los Tribunales Españolazos

D

Jueces contra ¿Jueces?

D

Si alguien, con responsabilidades importantes en su trabajo, se equivoca o lo ponen en la calle o le pasan a un puesto con menos responsabilidad.
Pues esta realidad en lo judicial ni existe, ni se la espera.
Si el Supremo corrige la sentencia del Superior de País Vasco pues que el CGPJ corrija a esos jueces asignándolos a tribunales ordinarios.