Hace 1 año | Por Ratoncolorao a europapress.es
Publicado hace 1 año por Ratoncolorao a europapress.es

El Supremo ha respaldado la decisión del TSJ madrileño al inadmitir el recurso que presentó la viuda del presentador. Así, en un auto de 20 de julio a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Sala de lo Social ha declarado la firmeza de la sentencia recurrida, contra la que ya no cabe recurso alguno.

Comentarios

baraja

Todas las noticias que he leído del tema titulan mal.

El Supremo no ha descartado ni negado nada. El Supremo simplemente ha dicho que no se puede demostrar que muriera por eso. Porque en los juzgados, para condenar a alguien, hay que demostrar lo que se denuncia. Y si hay alguna duda, no se puede condenar.

Un titular más adecuado sería "El Supremo no considera acreditado que Jose María Iñigo muriera de forma directa por la inhalación de amianto en los estudios de TVE."

D

#3 claro, no se puede demostrar que este hombre no esnifara virutas de uralita por las noches para relajarse....
justicia de mierda.

Uge1966

#3 Es un recurso demasiado usado últimamente por periodistos de distintos medios; titular que un juzgado dice que alguien no hizo tal cosa cuando en realidad lo que ha dicho es que no puede declararlo culpable de haberlo hecho, y no, no es lo mismo.

m

#6: Peor es cuando dicen "es inocente" y en realidad el delito existe pero no se juzgó por estar prescrito.

neo1999

#3 Dicho de otro modo:
La ausencia de pruebas no es una prueba de ausencia (Carl Sagan)

themarquesito

Los párrafos más relevantes:
El TSJ madrileño desestimó la demanda de la mujer al considerar que "la actividad desempeñada en RTVE por el fallecido no está especificada en el cuadro que aprueba las enfermedades profesionales".
A su vez, destacó que el trabajo no guardaba relación con ninguna de las actividades que se consideran como causantes del mesotelioma de pleura, ni de las que se estiman como de riesgo por amianto, "siendo relevante tener en cuenta que todas ellas se refieren a trabajos de contacto directo con el amianto, lo que en este caso en modo alguno concurre".

Jairomdoc

El Supremo no ha descartado nada. Titular erróneo e injusto con la víctima.

m

los magistrados no consideraron acreditado que su muerte tuviera relación con el amianto existente en los estudios.

O sea, que si sufres un cáncer que es raro habiendo manejado amianto de alto riesgo (el que hacía la nieve, no tanto el del aislamiento), es casualidad... claro, casualidad.

#indubio_pitorreo ¿Es que hay que poner una cámara en cada alvéolo para grabarlo? El simple hecho de usar materiales de riesgo debería implicar que se de la razón. Lo de la nieve con amianto lo podéis ver aquí:
https://cadenaser.com/ser/2021/01/19/sociedad/1611048442_679625.html
Lo del aislante es amianto que para que sea peligroso tienes que cortarlo, romperlo, taladrarlo... la exposición no es la misma.

Peka

Esto me recuerda a este capitulo de los Simpsons

Intoxicación carnica en otro restaurante