Hace 4 años | Por mr_b a rtve.es
Publicado hace 4 años por mr_b a rtve.es

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictaminado que una empresa no puede limitar de forma unilateral los períodos en los que su plantilla disfruta de sus vacaciones alegando causas organizativas, si hasta ese momento los empleados tenían libertad de elección para los períodos vacacionales recogida en su convenio colectivo. Así consta en una sentencia en la que falla a favor de un grupo de trabajadores fijos discontinuos de la empresa Valoriza Facilities, una filial de Sacyr especializada en mantenimiento y limpieza de edificios.

Comentarios

ipanies

Antes era una obviedad por que estaba en los convenios, tras la reforma chapuzas que nos dejo el PP estas cosas hay que ir a pelearlas al supremo o te las quitan en el convenio de empresa. España, dos pasitos palante, un par de pasitos patras y así mal.