Hace 4 años | Por ContinuumST a hoy.es
Publicado hace 4 años por ContinuumST a hoy.es

La muerte del trabajador ocurrió en Navalmoral de la Mata la mañana del 2 de noviembre de 2017. Él era profesor de autoescuela y había quedado con un alumno a las nueve de la mañana, en las pistas que la autoescuela tiene en el polígono industrial de Navalmoral. Al parecer se disponía a ir al encuentro del alumno para darle clase, pero se sintió mal y con el coche de la empresa fue cuanto antes al servicio de Urgencias del Hospital. Ingresó en el centro sanitario a las 8:45 horas y falleció a las 9:40 horas por una parada cardiorespiratoria.

Comentarios

D

La diferencia entre accidente laboral con resultado de muerte y muerte a secas son 15 minutos.

Da que pensar.

D

#1 Hombre... desde mi ignorancia en estos temas, no veo como un infarto puede ser, salvo en algunos casos concretos, un accidente laboral. O sea: hasta donde yo entiendo, accidentes laborales son aquellos que ocurren durante el trabajo debido al trabajo, aquellos que sean consecuencia de éste (ejemplo: cáncer de pulmón por trabajar con amianto), o aquellos que sean debidos incluso al mero hecho de tener que trabajar (de ahí que un accidente en el camino de ida o de vuelta del trabajo se considere accidente laboral: si no estuvieses trabajando, probablemente no lo habrías tenido). Pero en el caso de un infarto (una vez más, desde mi ignorancia), entiendo que no debería poder clasificarse como accidente laboral a menos que puedas demostrar que tu trabajo influyó en que lo tuvieses... Y no veo como ser profesor de autoescuela puede provocar un infarto en el camino de ida, cuando aún no has cogido siquiera al alumno. Otra cosa sería que, en mitad de una clase, un alumno hiciese una burrada y del susto le diese un infarto: entonces sí. Pero en la noticia dice que fue cuando iba camino de la autoescuela, y que empezó a sentirse mal sin motivo aparente... Por eso no creo que la diferencia sean "15 minutos", porque no creo que el tribunal lo considerase accidente laboral si le hubiese pasado en mitad de la clase, si no hubo algo a mayores que lo pudiese provocar.

Pero una vez más, es sólo una opinión desde mi ignorancia en temas laboralistas.

D

#3 influye más de lo que piensas, un infarto puede considerarse perfectamente un accidente laboral. Está claro que el infarto sucede en un momento puntual pero la cosa es determinar el origen de lo que ha causado el infarto, y perfectamente puede ser achacable a su actividad profesional.

D

#6 Sí, sí, si en eso estoy de acuerdo. Yo hablaba de en este caso concreto.

D

#1 Creo que la ha cagado el tribunal supremo. Yo entro a trabajar a las 9:00 y para ello tengo que salir de casa a las 8:30. Si me pasa algo en ese lapso de tiempo es un accidente laboral "in itinere". Y si tuviera que salir de casa a las 7 de la mañana para llegar a las 9 pues lo mismo, "in itinere".

Imagina si lo de "in itinere" está muy reconocido que cuando una empresa despide a una persona hay casos en que le acompañan a un taxi y le pagan el trayecto de vuelta a su casa, porque a pesar de haberlo despedido si en la vuelta a casa del día del despido le pasa algo recae sobre la empresa.

HimiTsü

Ojo al goriiiii la .!

el_vago

¿y no es in itinere?