El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este jueves que la comisión a la hora de pedir un préstamo no es totalmente pertinente en la apertura del contrato, por lo que pude llegar a ser una cláusula abusiva, contrariamente a lo que estipula la jurisprudencia española La sentencia europea, según recoge Efe, se refiere a un caso que enfrenta a CaixaBank con un consumidor después de que la justicia ordenase a la entidad devolver a este 845 euros que le había cobrado por la comisión de apertura de un crédito.
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