La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del artículo 30.3 y 4 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios por falta de habilitación legal para regular la competencia del control de legalidad de los notarios, que pueden denegar la autorización de los préstamos hipotecarios o la inscripción de alguna de sus cláusulas cuando no cumplan la legalidad vigente.
Comentarios
En Román Paladino que los notarios no pueden anular hipotecas
#1 Gracias
No fuera a ser que algún notario despistado le jodiera el negosiete a un amiwito.
Vamos, que los notarios solo están para cobrar.
Es que los notarios no son ni jueces ni registradores
Para anular hipotecas no sirven.
Para asesorar sobre hipotecas no sirven.
Para redactar un poder especial no sirven (se lo he tenido que redactaryo).
Para detectar documentos falsificados no sirven.
Para cobrar SI sirven.
Si no he entendido mal, el Notario es un funcionario que ejerce el control sobre la documentación aportada, pero no de su legalidad. Es decir, mira que todos los papeles estén aportados sin contemplar si el contrato contiene cláusulas ilegales o abusivas, ergo puede comunicar al cliente la irregularidad pero no negarse a dar fe si ambas partes están de acuerdo. Muy razonable todo...