Hace 1 año | Por Condenación a poderjudicial.es
Publicado hace 1 año por Condenación a poderjudicial.es

El caso examinado afecta a un niño que cuando tenía diez años, en 2010, fue incluido como miembro de la unidad familiar a efectos de la tributación conjunta por el Impuesto sobre el IRPF correspondiente a ese periodo. En el expediente consta que él no percibió ninguna renta ese año, pero la Hacienda Foral de Navarra dictó el 27 de abril de 2021 una diligencia de embargo contra él por el principal más los intereses debidos por la liquidación del IRPF de 2010 de la unidad familiar. La Administración tributaria lo consideró deudor solidario.

Comentarios

Condenación

Esto viene después de que un tribunal navarro ya dijese que no. Pero la Hacienda navarra va y lo recurre ante el TS, hala, a por todo. Y claro, el TS dice que ni hablar.

D

#1 hacienda recurre gratis, el ciudadano paga sus propios abogados... Me alegro por el chaval.

RojoRiojano

Y qué pretendían, esperar a que tuviera su primer trabajo acumulando intereses de la deuda y luego embargarle el máximo hasta el pago total de la deuda+intereses?

Esto no tiene pies ni cabeza, la hacienda navarra ha patinado aquí pero vamos...

S

#2 No sé si tiene pies ni cabeza este caso, pero tampoco me extrañaría que alguien se dedicara a jugar con esto utilizando a sus hijos a modo de testaferro.

bronco1890

#7 Un menor de edad no puede ser testaferro de nadie,ni siquiera puede firmar un documento con carácter legal
Una salvajada, un abuso y una vergüenza, pero les da igual.

Fralbin3

AEAT = Agencia de Execrables Alimañas Taradas.

manbobi

#4 En este caso es la Hacienda Foral de Navarra

Fralbin3

#5 Execrable Crazy Vermin Agentzia.