El Tribunal ha anulado la absolución del etarra Beniat Aguinagalde por el asesinato del concejal socialista en Mondragón (Guipúzcoa) en marzo de 2008. El tribunal entiende que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al excluir como prueba de cargo la identificación fotográfica que hizo un testigo. La familia el concejal recurrió con este argumento la sentencia.
El tío fue absuelto por falta de prueba y por detalles como que, ejém, estaba realizando un examen cuando ocurrió el atentado.
Por otra parte, pelín inquietante la sentencia:
El Supremo acepta estos recursos en una sentencia de la que es ponente el magistrado Cándido Conde Pumpido, quien entiende que la gravedad de los hechos -un atentado terrorista con una víctima mortal- "exige una valoración muy minuciosa y detallada de la prueba de cargo, sin recurrir a fórmulas estereotipadas ni excluir de la valoración pruebas de cargo realmente válidas".
Algún malpensado podría pensar que el Supremo insta, al tratarse de "un hecho muy grave", a empurar a alguien aún básandose en pruebas cogiditas con papel de fumar.
#3 Condenar a alguien por un asesinato no cometido no ayuda a cerrar ninguna herida. No digo que sea el caso, pero la verdad es que el denunciado tiene una coartada cojonuda (estaba en un examen de universidad a un montón de kilometros y varios compañeros lo confirman).
Comentarios
Hemeroteca: Absuelto el etarra acusado de asesinar al edil del PSOE Isaías Carrasco
Absuelto el etarra acusado de asesinar al edil del...
publico.esEl tío fue absuelto por falta de prueba y por detalles como que, ejém, estaba realizando un examen cuando ocurrió el atentado.
Por otra parte, pelín inquietante la sentencia:
El Supremo acepta estos recursos en una sentencia de la que es ponente el magistrado Cándido Conde Pumpido, quien entiende que la gravedad de los hechos -un atentado terrorista con una víctima mortal- "exige una valoración muy minuciosa y detallada de la prueba de cargo, sin recurrir a fórmulas estereotipadas ni excluir de la valoración pruebas de cargo realmente válidas".
Algún malpensado podría pensar que el Supremo insta, al tratarse de "un hecho muy grave", a empurar a alguien aún básandose en pruebas cogiditas con papel de fumar.
#1 No seas malpensado
Me gustaría que en el País Vasco entiendan que para empezar a cerrar heridas es necesario resolver este y otros asesinatos.
Igual por otro lado que todo lo del franquismo (y el GAL), aunque de eso ya tal.
#3 Condenar a alguien por un asesinato no cometido no ayuda a cerrar ninguna herida. No digo que sea el caso, pero la verdad es que el denunciado tiene una coartada cojonuda (estaba en un examen de universidad a un montón de kilometros y varios compañeros lo confirman).