El Tribunal Supremo considera que la norma europea que prevé acumular penas cumplidas en los países de la UE no debe llevar a la excarcelación de presos etarras al descontarles las condenas cumplidas en Francia, al contrario de lo acordado por la Audiencia Nacional en el caso de Santi Potros o Alberto Plazaola, entre otros, que supuso su reciente salida de la cárcel.
#5:
Me acuerdo cuando tumbaron la doctrina Parot, todo el mundo dándosela de experto jurídico y diciendo "es que eso no se podía hacer. ¿Qué tenían los jueces en la cabeza cuando aprobaron eso?". Pues aprovechemos para preguntarles ahora, que luego se harán los locos.
Seis de los quince jueces alertan de que esta norma europea es de obligado cumplimiento. Y que se avecina otro ridículo europeo en unos años.
PD: a los que están votando esta noticia como duplicada de esta:
Me acuerdo cuando tumbaron la doctrina Parot, todo el mundo dándosela de experto jurídico y diciendo "es que eso no se podía hacer. ¿Qué tenían los jueces en la cabeza cuando aprobaron eso?". Pues aprovechemos para preguntarles ahora, que luego se harán los locos.
Seis de los quince jueces alertan de que esta norma europea es de obligado cumplimiento. Y que se avecina otro ridículo europeo en unos años.
PD: a los que están votando esta noticia como duplicada de esta:
#6 Hablamos de dos condenas por el mismo delito (asociación en banda armada por ejemplo, una en Francia y otra en España) ademas de lo que dice #5, 6 jueces de 15 están en contra, así que ¿donde queda el "in dubio pro reo" ? Aparte de que los que estaban en contra pedían consultar a Estrasburgo, así igual luego nos evitamos la vergüenza de que nos enmienden la plana
#1#2 de nuevo tendremos que pagar a escote una indemnización a gente que no quiere dinero sino justicia... Si la multa al menos la pagasen de su puto bolsillo, hijos de puta.
Pues tiene sentido lo que dice la sentencia. Esta gente cometió delitos en Francia y no tiene sentido que, una vez cumplida su condena allí, al ser extraditados a España, se les descuente ese tiempo de la condena por los delitos que cometieron en España. Es que si aceptamos eso, si yo tengo pendiente una condena de 5 años en España, me voy a Noruega y cometo allí otro delito que esté penado con 5 años. Me paso los 5 años guapamente en una cárcel noruega, y cuando vuelvo a España resulta que me "convalidan" las condenas.
La estrategia de los etarras en Francia era llevar encima siempre una pistola, de forma que si eran detenidos, forzosamente les tuvieran que juzgar y condenar por tenencia de armas. De esta forma, se retrasaba su extradición a España, y cuando finalmente ésta se producía, había pasado tanto tiempo que la información que pudieran "sacarles" no comprometiera a sus compañeros.
#7 Es un poco más complicado que todo eso, porque intervienen los delitos derivados de otros. Por ejemplo, si yo soy de ETA y mato a uno en España, tendré una condena de A años por asesinato y otros B años por pertenencia a banda armada. Si huyo a Francia y allí me pillan con armas, tendré otra condena de C años por tenencia de armas y otros D años por pertenencia a banda armada. Lo que se plantea ahora es si los años B y D se pueden asimilar y no acumular. Pero los A y C está claro que no.
#9 No se le escapa a nadie que a los etarras recién detenidos en España se les "saca" la información mediante torturas. Hay sentencias europeas que lo confirman y condenan al Estado Español, aunque han caido en saco roto y no han tenido más recorrido. La tenencia de armas de los etarras huidos a Francia es precisamente para evistarse esas torturas, aun a costa de prolongar sus condenas añadiendo un delito. imagínate cómo serán.
#6 y ¿Cómo les "sacan" esa información? ¿Por qué alguien prefiriria ser condenado en Francia por un delito adicional de tenencia ilícita de armas para no declarar en un interrogatorio ante la policía española, cuando la Ley de Enjuiciamiento Criminal española otorga el derecho a todo detenido, y por tanto automáticamente imputado, a no declarar, no declarar contra si mismo, no declararse culpable o en todo caso mentir?¿Porqué no ahorrarse ese cargo adicional, ser extraditado a España y una vez aquí acogerse al derecho ya mencionado?
Respóndeme por favor porque por más que le doy vueltas en mi cabeza debe haber algo que se me escapa.
PD:y la noticia lo que dice es que se cumplirán dos condenas por el mismo delito, una en el extranjero y otra aquí, lo que atenta directamente contra el principio de "Ne bis In ídem" y acabará siendo tumbado en el TEDH y pagando todos la consiguiente indemnización a los afectados. El gobierno simplemente intenta ganar tiempo y ejercer presión en una huida hacia delante.
#11 No importa. Ya me lo compensarás en otro comentario.
En todo caso, no entendería tu negativo. Estamos debatiendo y se puede estar en desacuerdo, sin negativizar la opinión de nadie. Los negativos son para insultos, comentarios ofensivos, etc.
#12 lo había hecho porque pensé que obviabas las torturas y/o justificabas, ahora he visto que no así qué no hay nada que decir.
Pero no tiene sentido lo dicho por el TS porque matar a alguien perteneciendo a banda armada A,B y C pueden ser un concurso medial y que se te condene por la mitad superior del delito más penado y por tanto si cumples condena por C en el extranjero te habrías comido esa pena gratis cuando aquí no tendrías ninguna por ello.
Esto para mí, lo que más duele es que con la cantidad de vítimas que llevan algunos a sus espaldas, muchos en la calle y los muertos al hoyo,eso opino, pero claro habrá gente que no esté de acuerdo, por lo tanto, y alguno me votará en negativo, pero es lo que pienso.
Comentarios
Me acuerdo cuando tumbaron la doctrina Parot, todo el mundo dándosela de experto jurídico y diciendo "es que eso no se podía hacer. ¿Qué tenían los jueces en la cabeza cuando aprobaron eso?". Pues aprovechemos para preguntarles ahora, que luego se harán los locos.
Seis de los quince jueces alertan de que esta norma europea es de obligado cumplimiento. Y que se avecina otro ridículo europeo en unos años.
PD: a los que están votando esta noticia como duplicada de esta:
El Tribunal Supremo acuerda no descontar a los presos de ETA las penas cumplidas en Francia
El Tribunal Supremo acuerda no descontar a los pre...
deia.comDeia es AEDE.
#6 Hablamos de dos condenas por el mismo delito (asociación en banda armada por ejemplo, una en Francia y otra en España) ademas de lo que dice #5, 6 jueces de 15 están en contra, así que ¿donde queda el "in dubio pro reo" ? Aparte de que los que estaban en contra pedían consultar a Estrasburgo, así igual luego nos evitamos la vergüenza de que nos enmienden la plana
De nuevo, el gobierno controlando el poder judicial, para eso pusieron a uno de los suyos como presidente.
#1 de nuevo harán el puto ridículo en Estrasburgo, como con la doctrina Parot. No aprende esta panda de imbéciles.
#1 #2 de nuevo tendremos que pagar a escote una indemnización a gente que no quiere dinero sino justicia... Si la multa al menos la pagasen de su puto bolsillo, hijos de puta.
Pues tiene sentido lo que dice la sentencia. Esta gente cometió delitos en Francia y no tiene sentido que, una vez cumplida su condena allí, al ser extraditados a España, se les descuente ese tiempo de la condena por los delitos que cometieron en España. Es que si aceptamos eso, si yo tengo pendiente una condena de 5 años en España, me voy a Noruega y cometo allí otro delito que esté penado con 5 años. Me paso los 5 años guapamente en una cárcel noruega, y cuando vuelvo a España resulta que me "convalidan" las condenas.
La estrategia de los etarras en Francia era llevar encima siempre una pistola, de forma que si eran detenidos, forzosamente les tuvieran que juzgar y condenar por tenencia de armas. De esta forma, se retrasaba su extradición a España, y cuando finalmente ésta se producía, había pasado tanto tiempo que la información que pudieran "sacarles" no comprometiera a sus compañeros.
#6 Lo que quieren es que cumplan dos condenas por el mismo delito. Imagino que preferian Francia por el tema de las torturas y esas tonterias.
#7 Es un poco más complicado que todo eso, porque intervienen los delitos derivados de otros. Por ejemplo, si yo soy de ETA y mato a uno en España, tendré una condena de A años por asesinato y otros B años por pertenencia a banda armada. Si huyo a Francia y allí me pillan con armas, tendré otra condena de C años por tenencia de armas y otros D años por pertenencia a banda armada. Lo que se plantea ahora es si los años B y D se pueden asimilar y no acumular. Pero los A y C está claro que no.
#9 No se le escapa a nadie que a los etarras recién detenidos en España se les "saca" la información mediante torturas. Hay sentencias europeas que lo confirman y condenan al Estado Español, aunque han caido en saco roto y no han tenido más recorrido. La tenencia de armas de los etarras huidos a Francia es precisamente para evistarse esas torturas, aun a costa de prolongar sus condenas añadiendo un delito. imagínate cómo serán.
#6 y ¿Cómo les "sacan" esa información? ¿Por qué alguien prefiriria ser condenado en Francia por un delito adicional de tenencia ilícita de armas para no declarar en un interrogatorio ante la policía española, cuando la Ley de Enjuiciamiento Criminal española otorga el derecho a todo detenido, y por tanto automáticamente imputado, a no declarar, no declarar contra si mismo, no declararse culpable o en todo caso mentir?¿Porqué no ahorrarse ese cargo adicional, ser extraditado a España y una vez aquí acogerse al derecho ya mencionado?
Respóndeme por favor porque por más que le doy vueltas en mi cabeza debe haber algo que se me escapa.
PD:y la noticia lo que dice es que se cumplirán dos condenas por el mismo delito, una en el extranjero y otra aquí, lo que atenta directamente contra el principio de "Ne bis In ídem" y acabará siendo tumbado en el TEDH y pagando todos la consiguiente indemnización a los afectados. El gobierno simplemente intenta ganar tiempo y ejercer presión en una huida hacia delante.
#6 te he votado positivo por error
#11 No importa. Ya me lo compensarás en otro comentario.
![:lol: lol](https://cdn.mnmstatic.net/v_149/img/menemojis/36/lol.gif)
En todo caso, no entendería tu negativo. Estamos debatiendo y se puede estar en desacuerdo, sin negativizar la opinión de nadie. Los negativos son para insultos, comentarios ofensivos, etc.
#12 lo había hecho porque pensé que obviabas las torturas y/o justificabas, ahora he visto que no así qué no hay nada que decir.
Pero no tiene sentido lo dicho por el TS porque matar a alguien perteneciendo a banda armada A,B y C pueden ser un concurso medial y que se te condene por la mitad superior del delito más penado y por tanto si cumples condena por C en el extranjero te habrías comido esa pena gratis cuando aquí no tendrías ninguna por ello.
A esto le llamo yo ayudar a la convivencia de la paz; poniendo piedras, zanjas, alambrada de espinos y minas por el camino.
No hay independencia judicial y el PP quiere venganza no justicia ... y así nos van las cosas.
Esto para mí, lo que más duele es que con la cantidad de vítimas que llevan algunos a sus espaldas, muchos en la calle y los muertos al hoyo,eso opino, pero claro habrá gente que no esté de acuerdo, por lo tanto, y alguno me votará en negativo, pero es lo que pienso.