El Tribunal Supremo ha absuelto a una mujer a la que la Audiencia Provincial de Segovia condenó a seis años y un día de cárcel por el delito contra la salud pública que cometió al enviar a su hijo de 9 años a vender una papelina de heroína, por la que el pequeño obtuvo 8 euros. Se estima su recuso porque no se analizaron los 0,11 gramos de droga incautados y se considera que la sustancia nociva es "exigua".
El razonamiento es "raro". Básicamente dice que, si hubiese sido material bueno, según las leyes de los mercados de materias primas, al chaval tendrían que haberle dado más pasta y que no había mucho polvillo para analizar aunque hay un informe policial que viene a decir que eso no coloca ná.
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El razonamiento es "raro". Básicamente dice que, si hubiese sido material bueno, según las leyes de los mercados de materias primas, al chaval tendrían que haberle dado más pasta y que no había mucho polvillo para analizar aunque hay un informe policial que viene a decir que eso no coloca ná.
#2 La sentencia dice que no se puede demostrar que eso era Heroina
Mala Rodríguez - La Niña
El problema no es la cantidad de droga que llevaba, si no el acto en envíar a tu hijo a vender droga.
Servicios sociales es un cachondeo.