Así, estimaba en parte el recurso interpuesto por dos diputados del Grupo Popular y anulaba 11 artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de éstos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias
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