Hace 1 año | Por Atusateelpelo a europapress.es
Publicado hace 1 año por Atusateelpelo a europapress.es

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia que condenó a una periodista por intromisión ilegítima en el derecho al honor de un vidente de televisión por un reportaje donde calificaba de estafa este tipo de programas, al considerar que, si bien se trata de un texto crítico, difundió información veraz sobre un tema de interés general, por lo que queda amparado por la libertad de expresión.

Comentarios

t

Espera, ¿que la Audiencia Provincial de Madrid condenó a un periodista por calificar de “estafa” a un vidente?

baronrampante

#1 A lo mejor lo acertaba todo. Naciste el día en que tu madre te tuvo. Ten cuidado si te caes, que te puedes hacer daño. No confíes en el director de tu sucursal bancaria, creo que no mira por tus intereses.

t

#2 “Eres muy crédulo y hay gente que se aprovecha de ti”.

g

#3 Mejor "Estás pensando '¡menuda sarta de gilipolleces!' "

comadrejo

#1 Si, una intromisión ilegitima al derecho del honor de un timador.

Te va a "visualizar" un futuro cáncer por pensar de así.
https://www.laverdad.es/sociedad/llama-mentiroso-vidente-20170918121426-nt.html

Urasandi

¿No fueron capaces de preverlo? Entonces claro que son una estafa.