Hace 7 años | Por manuen a euribor.com.es
Publicado hace 7 años por manuen a euribor.com.es

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha rechazado revisar aquellos casos sobre claúsulas suelo de hipotecas que fueron declaradas abusivas antes de conocerse la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 21 de diciembre, cuya aplicación ha permitido a los afectados obtener la totalidad de todo lo que les fue cobrado indebidamente desde la fecha en la que suscribieron el crédito. Con anterioridad a la resolución del tribunal europeo, a los que reclamaron y obtuvieron sentencia firme sólo se les devolvió lo cobra

Comentarios

ipanies

Tendrá base legal, pero ademas de una putada, es una injusticia. La Banca siempre gana aunque sea de malas trazas, poquito a poquito y follándose lo que haga falta

D

#1 #2

Estoy bastante seguro (desde mi desconocimiento) de que si los afectados lo llevan a europa volveran a ganar y el TS lo sabe.

Pero es que el TS no quiere hacer justicia, quiere ganar tiempo para que lis bancos no tengan que devolver el dinero de golpe.

alecto

#3 El concepto de "cosa juzgada" es bastante sólido, no es una idea loca del TS, en este caso, ni un retorcimiento de las leyes y su forma lógica de interpretarlas

Imagina que cada vez que cambien las leyes puedan juzgarte de nuevo y condenarte por algo de lo que fuiste absuelto.

La única posibilidad que se me ocurre sería apelar la sentencia original al TJUE, aunque técnicamente no es un órgano de apelaciones, bajo la premisa de que el juicio no fue válido por defecto de forma, en este caso por incumplir una jurisprudencia del TJUE... pero ésta es posterior a la sentencia firme. No lo veo tan claro

D

#5 "Imagina que cada vez que cambien las leyes puedan juzgarte de nuevo y condenarte por algo de lo que fuiste absuelto."

Esto no puede ocurrir, los derechos humanos lo prohíben.

Es diferente rehacer un juicio por que las leyes cambien que por que las leyes sean contrarias a derecho.

En este caso el TJUE dice (cosa que sabemos desde hace unos 15 años) que la ley española no es compatible con el derecho europeo, que la UE dió de plazo para su corrección hasta no se qué año (enotrno a 10) y que no se ha hecho nada por enmendarlo y que por lo tanto todas las sentencias basadas en dicha ley con fecha posterior a la directiva europea que obligaba a su modificación son nulas y al no haber una ley Española de aplicación se debe de aplicar la jurisprudencia europea.

Ya sabes: la ley de los estibadores es necesario modificarla por que la UE nos lo exige, ahora la de los bancos que llevamos 10 años de retraso... bueno, esa no corre prisa.

El TS lo que está diciendo es que va a mantener las sentencias que se obtuvieron en base a una ley que la justicia europea dice que no estaba vigente.

Obviamente no puede ser, y obviamente el que lo lleve al TJUE y posiblemente a los derechos humanos gane de calle.

Peybol

#1 Si tienes dinero no tienes prisa....ley de vida

alecto

Segunda sentencia del TS en misma línea = jurisprudencia creada. Supongo que irán al TJUE, pero tengo dudas de si tendrán éxito. Al final es cierto que algo que ya fue juzgado no puede volver a juzgarse... La cuestión es que el TJUE lo que dijo es que estaba mal juzgado, que es otra cosa muy diferente... Será necesaria una aclaración de sentencia.

A los que no habían denunciado, o lo hicieron después de la sentencia que reconoce el pago íntegro de lo cobrado en cláusulas suelo, no les afecta. De hecho es una putada porque afecta precisamente a los pioneros de estas denuncias, a los que consiguieron que el TJUE opinara sobre las cláusulas suelo, jugándose entonces un capital que no tenían en la posibilidad de que les colocaran las costas y los jodieran del todo.