El sindicato Ustea Enseñanza de Granada ha informado de una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA favorable a una maestra con discapacidad auditiva que solicitaba como adaptación de su puesto de trabajo una persona intérprete de lengua de signos.
#3:
#1 De buenismo nada, es respetar la legalidad. Y han estado casi 10 años toreándola según la noticia.
"Desde la Constitución Española hasta la Ley de educación de Andalucía (LEA), pasando por el Estatuto básico del empleado público (EBEP), la normativa laboral de prevención de riesgos laborales, la legislación relativa a la lengua de signos… toda la normativa estatal y la trasposición a nuestro marco normativo de las directivas europeas amparan el derecho de la trabajadora" [...] "La administración tiene la obligación de adoptar cuantas medidas sean necesarias para establecer las adaptaciones en el puesto de trabajo que se ajusten a la necesidad de la persona con discapacidad".
#1:
Si normalmente ya falta tiempo para dar la materia, con una maestra a la que hay que estar haciéndole la traducción a lengua de signos, el curso va a ser un desastre. Pobres alumnos. Menos buenismo y más sentido común.
Si normalmente ya falta tiempo para dar la materia, con una maestra a la que hay que estar haciéndole la traducción a lengua de signos, el curso va a ser un desastre. Pobres alumnos. Menos buenismo y más sentido común.
#1 Yo siempre he pensado que en el colegio habria que enseñar lenguaje de signos, me parece algo infinitamente mas util y necesario que las clases de religion.
#1 De buenismo nada, es respetar la legalidad. Y han estado casi 10 años toreándola según la noticia.
"Desde la Constitución Española hasta la Ley de educación de Andalucía (LEA), pasando por el Estatuto básico del empleado público (EBEP), la normativa laboral de prevención de riesgos laborales, la legislación relativa a la lengua de signos… toda la normativa estatal y la trasposición a nuestro marco normativo de las directivas europeas amparan el derecho de la trabajadora" [...] "La administración tiene la obligación de adoptar cuantas medidas sean necesarias para establecer las adaptaciones en el puesto de trabajo que se ajusten a la necesidad de la persona con discapacidad".
#3 medidas necesarias siempre y cuando no perjudiquen a los alumnos. Mañana un obeso y obligas a los alumnos a desplazarse a su casa por qué el tipo no se puede mover no?
#1 Habría que mencionar el detalle de que la LSE es cooficial, que yo recuerde, y que nunca se han molestado en divulgarla masivamente como debería ser.
Aquí lo único que hay es una Constitución que ampara unos derechos, para lo bueno y para lo malo, que siempre estamos llenándonos la boca de Constitución y luego parece que cuesta aceptarla.
#8 Qué cansinos con la "Constitución" para escurrir el bulto.
Aquí lo único uqe hay es un buenismo que jode a unos alumnos, para lo malo y para lo peor, que siempre estamos llenándonos la boca de derechos y luego parece que cuesta reconocer que jodeis a una mayoría.
Por cierto, la Constitución también dice lo del 25% de castellano en Cataluña y no te veo defenderlo, antes al contrario.
Comentarios
Si normalmente ya falta tiempo para dar la materia, con una maestra a la que hay que estar haciéndole la traducción a lengua de signos, el curso va a ser un desastre. Pobres alumnos. Menos buenismo y más sentido común.
#1 Yo siempre he pensado que en el colegio habria que enseñar lenguaje de signos, me parece algo infinitamente mas util y necesario que las clases de religion.
#1 De buenismo nada, es respetar la legalidad. Y han estado casi 10 años toreándola según la noticia.
"Desde la Constitución Española hasta la Ley de educación de Andalucía (LEA), pasando por el Estatuto básico del empleado público (EBEP), la normativa laboral de prevención de riesgos laborales, la legislación relativa a la lengua de signos… toda la normativa estatal y la trasposición a nuestro marco normativo de las directivas europeas amparan el derecho de la trabajadora" [...] "La administración tiene la obligación de adoptar cuantas medidas sean necesarias para establecer las adaptaciones en el puesto de trabajo que se ajusten a la necesidad de la persona con discapacidad".
#3 Es respetar la legalidad y los derechos de la profesora, mientras mandas el derecho de sus alumnos a una enseñanza de calidad al carajo.
Una clase con traducción simultánea en lenguaje de signos es inviable.
#3 medidas necesarias siempre y cuando no perjudiquen a los alumnos. Mañana un obeso y obligas a los alumnos a desplazarse a su casa por qué el tipo no se puede mover no?
#3 Pues habrá que cambiar la legalidad para no lastrar a miles de alumnos. Menos buenismo y más sentido común.
#1 Habría que mencionar el detalle de que la LSE es cooficial, que yo recuerde, y que nunca se han molestado en divulgarla masivamente como debería ser.
#1 Que cansinos con el "buenísimo".
Aquí lo único que hay es una Constitución que ampara unos derechos, para lo bueno y para lo malo, que siempre estamos llenándonos la boca de Constitución y luego parece que cuesta aceptarla.
#8 Qué cansinos con la "Constitución" para escurrir el bulto.
Aquí lo único uqe hay es un buenismo que jode a unos alumnos, para lo malo y para lo peor, que siempre estamos llenándonos la boca de derechos y luego parece que cuesta reconocer que jodeis a una mayoría.
Por cierto, la Constitución también dice lo del 25% de castellano en Cataluña y no te veo defenderlo, antes al contrario.
#9 Aqui lo único que hay es aplicación de la ley amparada por la Constitución, no hay más.
"Por cierto, la Constitución también dice lo del 25% de castellano en Cataluña y no te veo defenderlo, antes al contrario."
Ni tienes idea de lo que yo defiendo o no defiendo, ni tiene nada que ver con el asunto.