Hace 2 años | Por nereira a cadenaser.com
Publicado hace 2 años por nereira a cadenaser.com

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha autorizado por un periodo de cuarenta días la medida de exhibición del certificado Covid para el acceso a zonas interiores e instalaciones cubiertas donde esté autorizada la venta y consumo de bebidas. Entienden que es adecuada por cuanto la medida se impone en lugares donde está autorizada la venta y/o consumo de bebidas o comidas por el “mayor riesgo de trasmisión que esta situación genera en cuanto incompatible con el uso de la mascarilla”.

Comentarios

Mark_

Un sitio más de dónde echar a la Seguí

cocolisto

#1 Como diga así el único sitio al que va a poder ir es a la incineradora de Valdemingómez.

Mark_

#2 es que les entiendo, si tuviera un local no me gustaría que se llenase de escoria fascista, la verdad.

cocolisto

#3 Más o menos.De acuerdo contigo.