Actualidad y sociedad
14 meneos
41 clics
Usa seis identidades distintas para vender cobre sin ser «pillado», y le sancionan con 1.200€ por protección de datos

Usa seis identidades distintas para vender cobre sin ser «pillado», y le sancionan con 1.200€ por protección de datos

Comprar o vender un vehículo, hacer un trámite administrativo, o darte de alta en el gimnasio. Son muchas las ocasiones en las que los ciudadanos tienen que ofrecer sus datos personales para poder llevar a cabo una actividad. Sin embargo, en ocasiones, esta cesión controlada de información personal, como es el DNI, puede acabar convirtiéndose en una sanción por parte de la AEPD. La venta de cobre en diferentes establecimientos utilizando diferentes nombres provocó una sanción al suplantador por protección de datos.

| etiquetas: aepd , dato , cobre , suplantar , identidad , dni
12 2 0 K 131
12 2 0 K 131
Me parece justo.
#4 La reincidencia está mal gestionada, que es el ejemplo que pones de los carteristas. Y no nos consta que sea el caso del condenado de este meneo.

Si no te asusta estar 10 años entre rejas y estar 10 años más con restricciones de libertad tampoco te asustará que sean 20 años o 40 años. Lo que hay es poca consciencia de lo que se pierde cuando se entra en prisión y eso no se resuelve aumentando penas.

Y partiendo de esas penas para los delitos de mayor gravedad conforme vas reduciendo a los de menor gravedad llegas a esa multa por alguien que ha usado DNIs que no son suyos supuestamente para que no sea fácil que lo pillen por robar cobre, delito por el que no parece que le hayan podido acusar.
En definitiva, que uno suplanta identidades con documentación de otra persona y aquí no pasa nada: una multa ridícula, que se ha atenuado dos veces y se ha quedado en nada.

Las multas tendrían que ser de órdago, y con trabajos sociales para el que no pueda pagar.
Si se pegase unos años limpiando bosques todos los fines de semana, seguro que se le quitaban las ganas.

Ah, y si era para no ser pillado... ahora que lo han pillado, no hay castigo tampoco?
#2 La multa es acorde con el daño que ha ocasionado que es básicamente nulo.

Una cosa es suplantar la identidad para contratar una hipoteca a nombre de otro con todo el perjuicio que le supone a esa persona y otra dar su DNI para no superar una cuota de venta de cobre, que no supone ningún perjuicio para la persona para la que han suplantado la identidad.

Las multas deben ser acorde con el daño ocasionado y ésta lo es. Los castigos desproporcionados que propones corren el riesgo de incentivar delitos mayores al ser sus penas indistinguibles de las de los delitos menores.
#3 Por la búsqueda rápida que he hecho, no parece que haya un límite de cuanto cobre se puede vender por persona.
Lo que hay es una trazabilidad de quién ha vendido qué, para que si es robado se sepa a quién ir a buscar y para llevar un control de que nadie venga con muchísimo cobre que no puede justificar de dónde ha salido. Qué raro, para qué necesitará 6 identidades, no?

Así que esas 6 personas se podrían encontrar con un bonito pastel. Imagina que aparecen las catenarias del tren y te…   » ver todo el comentario

menéame