Hace 1 año | Por Maddoctor a eldiario.es
Publicado hace 1 año por Maddoctor a eldiario.es

Los propietarios de una urbanización de Las Palmas de Gran Canaria que han ganado un pleito contra el Supremo celebran la sentencia que les permite reclamar desperfectos a las promotoras aunque sean compradores de segunda mano.

Comentarios

CillitBang

#4 si, pero legalmente te incluyen "cuerpo cierto" todo lo que esta a la vista y puedas observar. Por ejemplo, compras una vivienda sin haber sido habitada antes, todavia no tienes gas, electricidad, agua, si por ejemplo el calentador no funciona tienes derecho a que te lo reparen o pongan uno nuevo, igual con fontaneria etc...

ContinuumST

#5 ¿Desagües también? Hmmm... hmm... mucho habría que pelear eso, me parece a mí.

CillitBang

#6 no, me pasó, no tenia agua no pude comprobar, cuando tuve el sevicio funcionando un lavabo no se vaciaba, llame al banco que me habia vendido la vivienda y mandaron un fontanero y descubrio que el desague esta atrancado con yeso que habian dejado los operarios. El fontanero lo soluciono y verifico que el resto estuviera bien.

ContinuumST

#7 Ya, me suena... eso típico de los albañiles de ir dejando cascotes y ladrillos rotos por donde les pilla más a mano, o pegotes de cemento o yeso... en fin...

Re-botado

#8 o echar serrín por el WC y reventar las bajantes...

Maddoctor

Hostia no sabía que cuando compras de segunda mano no podías reclamar a la promotora... Daba por hecho que sí!

CillitBang

#1 Depende, si el contrato de compra figura a "cuerpo cierto" solo podras reclamar defectos ocultos.

Maddoctor

#2 e incumplimiento de calidades no? O es eso?

ContinuumST

#2 ¿No se llaman "vicios ocultos"? O eso tenía entendido.