El TSJMurcia agrava la pena de un caso de #ViolenciaDeGénero por la #Violenciasexual que la AP no aplicó. Es apelación, no revisión. “La LO 10/2022 fija para la agresión sexual una penalidad más grave que la vigente a la fecha de los hechos enjuiciados”.
#7:
Este meneo merece que se vote para mostrar la ignorancia de esta mujer, que no solo no sabe que la ley dice que hay que aplicar la favorable siempre, sino que ni ha leido lo que envia, que lo deja claro:
>la Sala Civil y Penal aplica el artículo 178 del Código Penal (CP) en la redacción vigente a la fecha de los hechos (abril de 2021), anterior por tanto a la reforma de dicho texto operada por la Ley Orgánica 10/2022, cuyos artículos 178.1 y 2 y 180 fijan para este caso concreto una penalidad “más grave que la vigente a la fecha de los hechos enjuiciados”, explican los magistrados.
Lo que dice de la nueva ley es que en este caso concreto entienden que la pena sería más grave, como no es favorable, no la aplican. Que es algo que tampoco tiene nada que ver con los demás casos en los que se han reducido penas, o incluso despenalizado completamente delitos
El mismo tribunal le condenó el pasado enero a seis años y nueve meses de cárcel por estos hechos, p [...]
#2:
Creo que Rosell sabe que al reo siempre se le aplica el código penal más beneficioso, el problema de todo este asunto es que han rebajado las penas mínimas, esperemos que el TS arregle todo este lio...
#3:
Entonces, ¿los jueces fachas de Murcia aplican bien la ley feminista?
Este meneo merece que se vote para mostrar la ignorancia de esta mujer, que no solo no sabe que la ley dice que hay que aplicar la favorable siempre, sino que ni ha leido lo que envia, que lo deja claro:
>la Sala Civil y Penal aplica el artículo 178 del Código Penal (CP) en la redacción vigente a la fecha de los hechos (abril de 2021), anterior por tanto a la reforma de dicho texto operada por la Ley Orgánica 10/2022, cuyos artículos 178.1 y 2 y 180 fijan para este caso concreto una penalidad “más grave que la vigente a la fecha de los hechos enjuiciados”, explican los magistrados.
Lo que dice de la nueva ley es que en este caso concreto entienden que la pena sería más grave, como no es favorable, no la aplican. Que es algo que tampoco tiene nada que ver con los demás casos en los que se han reducido penas, o incluso despenalizado completamente delitos
#16 el que parece que no se entera eres tú, en mi comentario original está perfectamente explicado lo ocurrido y por qué la mujer esta manifiesta ignorancia sobre el funcionamiento legal.
#18 en el tercer párrafo(de tu primer comentario) , el que no has copiado, dejas claro que no te enteras.
repito , no es una revisión es una apelación para que apliquen la ley vigente en su momento ya que el juez por el motivo que sea estimo no considera delito de agresión sexual un delito de agresión sexual.
#19 soy consciente de ello, de que aplican el codigo anterior. No sé qué crees que pone mi comentario que no sea correcto, está claro que no te estas enterando.
#23 tendrás que leerte tu primer comentario y esforzarte por comprender que no comprendiste el tuit de Victoria y te pusiste a despotricar.
ella probablemente lo resalta para todos esos memos que están diciendo que la ley rebaja las condenas para los delitos como el de agresión sexual se enteren.
La pena aumenta porque el juez de la 1ª sentencia no contemplo un agravante que el juez de la apelacion si contempla. Y por eso existen las apelaciones.
#22 VickyRosell no dice que le apliquen la actual ley
es una apelación para que un juzgado superior considere delito de agresión sexual el delito de agresión sexual que el juez no considero, se le sumaran 4 años por la ley vigente cuando se cometió, ahora serian 5.
#24 Asocia la sentencia de la apelacion con la nueva ley dando pie a confusion. Muy de politicos -de los que decian eran diferentes- e indigno de una magistrada candidata al CGPJ.
#34 Lo que si que se, es que en un Estado de Derecho como el nuestro no se aplican penas retroactivas y no te pueden juzgar por una ley posterior al delito que se cometió a menos que beneficie al condenado.
#7Lo que dice de la nueva ley es que en este caso concreto entienden que la pena sería más grave, como no es favorable, no la aplican. Que es algo que tampoco tiene nada que ver con los demás casos en los que se han reducido penas, o incluso despenalizado completamente delitos
En ejpaña, cada juez aplica la nueva o la antigua ley como mejor venga a los agresores, aclarao. Seguimos con las risas, nerviosas, obviamente.
Creo que Rosell sabe que al reo siempre se le aplica el código penal más beneficioso, el problema de todo este asunto es que han rebajado las penas mínimas, esperemos que el TS arregle todo este lio...
#1 Yo, que de leyes no tengo ni idea, entiendo que esta señora quiere pillar en río revuelto a base de soltar algo que resulte confuso.
Si es en apelación, como dice la señora, se le habrá aplicado lo que corresponda en su momento, pero es que es eso, APELACIÓN, no revisión, mezclando churras y merinas.
He ahí la candidata de Podemos al CGPJ. Sigo enviándoles recuerdos y saludos a los listos que me votaron negativo cuando dije que no la quería allí y otros sí la querían. ¿Qué? ¿Maravillosa, eh?
PP, Vox, el partido de la corrosión que vela por los intereses de los curas pederastas y violadores. Si, es un "y tú más" para franquistas como tú, Jamonul.
Comentarios
Este meneo merece que se vote para mostrar la ignorancia de esta mujer, que no solo no sabe que la ley dice que hay que aplicar la favorable siempre, sino que ni ha leido lo que envia, que lo deja claro:
>la Sala Civil y Penal aplica el artículo 178 del Código Penal (CP) en la redacción vigente a la fecha de los hechos (abril de 2021), anterior por tanto a la reforma de dicho texto operada por la Ley Orgánica 10/2022, cuyos artículos 178.1 y 2 y 180 fijan para este caso concreto una penalidad “más grave que la vigente a la fecha de los hechos enjuiciados”, explican los magistrados.
Lo que dice de la nueva ley es que en este caso concreto entienden que la pena sería más grave, como no es favorable, no la aplican. Que es algo que tampoco tiene nada que ver con los demás casos en los que se han reducido penas, o incluso despenalizado completamente delitos
>Un profesor que abusó de menores reduce cinco años su condena con la ley del 'solo sí es sí'
Un profesor que abusó de menores reduce cinco años...
elconfidencial.com#7 Es apelación, no revisión.
#12 ¿y qué? Los hechos delictivos siguen habiendo ocurrido antes de entrar en vigor la nueva ley, no se puede penar retroactivamente.
#15 que no te enteras.
el juez en la sentencia lo absolvió de la acusación por delito de agresión sexual. INCOMPRENSIBLE al leer la sentencia.
con la anterior ley se le sumarian otros 4 años mas de cárcel que es lo que se busca con la apelación.
con la actual serian 5 años.
#17 pues léete la resolución de este caso que el juez no considero delito de agresión sexual.
#16 el que parece que no se entera eres tú, en mi comentario original está perfectamente explicado lo ocurrido y por qué la mujer esta manifiesta ignorancia sobre el funcionamiento legal.
#18 en el tercer párrafo(de tu primer comentario) , el que no has copiado, dejas claro que no te enteras.
repito , no es una revisión es una apelación para que apliquen la ley vigente en su momento ya que el juez por el motivo que sea estimo no considera delito de agresión sexual un delito de agresión sexual.
#19 soy consciente de ello, de que aplican el codigo anterior. No sé qué crees que pone mi comentario que no sea correcto, está claro que no te estas enterando.
#23 tendrás que leerte tu primer comentario y esforzarte por comprender que no comprendiste el tuit de Victoria y te pusiste a despotricar.
ella probablemente lo resalta para todos esos memos que están diciendo que la ley rebaja las condenas para los delitos como el de agresión sexual se enteren.
#26 >ella probablemente
Que ni tienes puta idea de lo que estas hablando, que te lo estas imaginando. Ya queda claro.
Buena tarde.
#27 ella lo escribió pensando en ti.
#16 No. No me entero de nada. ¿Yo?
#20 cascaras, no, he respondido un ....
que se me queman las empanadillas.
sorry.
#12 Efectivamente, es apelacion, y en contra de lo que dice VickyRosell en su tuit no aumenta la pena porque se aplique la Ley del "solo si es si" (que la misma sentencia de la apelacion dice que no aplica https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-TSJ-de-Murcia-anade-el-delito-de-agresion-sexual-a-un-condenado-por-intentar-asesinar-a-su-expareja-por--besar-bruscamente--a-la-victima-antes-de-golpearla ).
La pena aumenta porque el juez de la 1ª sentencia no contemplo un agravante que el juez de la apelacion si contempla. Y por eso existen las apelaciones.
#22 VickyRosell no dice que le apliquen la actual ley
es una apelación para que un juzgado superior considere delito de agresión sexual el delito de agresión sexual que el juez no considero, se le sumaran 4 años por la ley vigente cuando se cometió, ahora serian 5.
#24 Asocia la sentencia de la apelacion con la nueva ley dando pie a confusion. Muy de politicos -de los que decian eran diferentes- e indigno de una magistrada candidata al CGPJ.
#25 confusión?
no me jodas, todos los que estáis malinterpretando ese escrito tan corto deberías estar descartados para ejercer el voto.
el programa electoral de un folio en blanco por una cara y en la otra el logo del partido y la palabra libertad tenia un motivo.
+ de una palabra crea confusión.
#28 Jurrrrrrl. Ahora tu decides la interpretacion de una cosa y, ademas, descarta para ejercer el derecho a voto.
Se os va la pinza...
#30 cualquier palabra que no comprendas usa el buscador, R.A.E
#31 Sabia yo que me iba a reir en este meneo 😂 😂 😂
#7 Lo sorprendente es que esta mujer sea juez y no tenga claro como funcionan las leyes
#13 Seguramente que tu como meneante sepas mucho mas de leyes que ella...
#34 Lo que si que se, es que en un Estado de Derecho como el nuestro no se aplican penas retroactivas y no te pueden juzgar por una ley posterior al delito que se cometió a menos que beneficie al condenado.
Pero oyga, que usted sabe mucho !!
#7 Cobarde
#7 Lo que dice de la nueva ley es que en este caso concreto entienden que la pena sería más grave, como no es favorable, no la aplican. Que es algo que tampoco tiene nada que ver con los demás casos en los que se han reducido penas, o incluso despenalizado completamente delitos
En ejpaña, cada juez aplica la nueva o la antigua ley como mejor venga a los agresores, aclarao. Seguimos con las risas, nerviosas, obviamente.
Creo que Rosell sabe que al reo siempre se le aplica el código penal más beneficioso, el problema de todo este asunto es que han rebajado las penas mínimas, esperemos que el TS arregle todo este lio...
#2 Lee la quinta:
https://adefinitivas.com/ademas/codigo-penal-comentado/disposiciones-transitorias-codigo-penal/
#2 Yo creo que cuanto más intentan negar lo innegable mayor es su ridículo.
#2 Yo lo que creo es que me voy a reir mucho con este meneo.
Entonces, ¿los jueces fachas de Murcia aplican bien la ley feminista?
¿y las juezas de la asociación Juezas y Jueces por la democracia son prevaricadores?
https://theobjective.com/espana/2022-11-17/tribunales-penas-juezas/
https://www.eldiario.es/politica/ultima-hora-actualidad-politica-directo_6_9715124_1095588.html
Veamos quien lo pilla...
#1 Yo, que de leyes no tengo ni idea, entiendo que esta señora quiere pillar en río revuelto a base de soltar algo que resulte confuso.
Si es en apelación, como dice la señora, se le habrá aplicado lo que corresponda en su momento, pero es que es eso, APELACIÓN, no revisión, mezclando churras y merinas.
He ahí la candidata de Podemos al CGPJ. Sigo enviándoles recuerdos y saludos a los listos que me votaron negativo cuando dije que no la quería allí y otros sí la querían. ¿Qué? ¿Maravillosa, eh?
Rosell, a tenor de sus manifestaciones, parece que nunca ha sido jueza.
Irrelevante, nada tiene que ver la ley 10/22 en este caso
Podemos, el partido que vela por los intereses de violadores de pederastas.
Qué asco.
Rosell haciendo el ridículo otra vez
PP, Vox, el partido de la corrosión que vela por los intereses de los curas pederastas y violadores. Si, es un "y tú más" para franquistas como tú, Jamonul.
Posiblemente se hayan registrado todos/as los togados/as a la vez en MnM. ¡¡Cuanta sabiduria!!