Publicado hace 3 años por mi_rabo_al_sol a economistjurist.es

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha considerado en su Sentencia del pasado mes de septiembre de 2020 como accidente laboral el infarto sufrido por una persona que teletrabajaba desde casa como comercial. Si bien lo acaecido no puede achacarse a la labor realizada, el Tribunal ha declarado que al haberse producido durante la jornada de trabajo el accidente está considerado como laboral.

Comentarios

bitman

lo mismo que si te da estando presencialmente en la empresa, digo yo.