No es habitual, pero está contemplado que el Estado sea heredero en casos puntuales. Tiene la obligación de asignar un tercio de la herencia a instituciones municipales de beneficencia, acción social y profesionales. Comunicar un fallecimiento que deja patrimonio sin herederos da la posibilidad de cobrar el 10% de lo que corresponda a Hacienda por una herencia.
Comentarios
Se lo reparten entre ellos como están haciendo con el resto del país.
Una buena forma de evitar a tus causahabientes que paguen el impuesto de sucesiones, oh, wait
El código civil general lo explica muy bien:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l3t3.html#t3c4s4
Si es un chollo se lo quedara algún listillo...
Y si lo que hereda son hipotecas, facturas pendientes y cosas así?
#4 Esas son las que se queda el estado. En las que se pilla algo ya interviene la iglesia rápidamente.
¿Donde tengo que comunicar el fallecimiento de Emilio Botín?
(Si no me forro de esta, no me forro nunca...)