Hace 6 años | Por tiopio a dudaslegislativas.com
Publicado hace 6 años por tiopio a dudaslegislativas.com

El derecho de admisión en España es la limitación y reserva de admisión por parte de los titulares y propietarios de un establecimiento público para impedir el acceso al local o la permanencia de las personas en su interior. Si el titular establece una condición de admisión que no esté legalmente establecida deberá ser aprobado por la autoridad competente. El régimen de aplicación de las normas del establecimiento público se regulan de igual forma que las condiciones de admisión.

Comentarios

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Si no te permiten la entrada a un sitio, no entres y dejate de lios, salvo raras excepciones se hace por un motivo razonado y razonable; nuestros negocios dependen de la entrada de gente y no decidimos perder ese dinero y el de la gente que acompña a esa persona por gusto precisamente. Al margen de esto ya en muchos locales se tienen "medidas alternativas" para sortear las situaciones comprometidas que pueda provocar las persona si se pone excesivamente "rebotado".

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A mi me parece un artículo que no explica nada, hablar de los casos claros no tiene sentido, porque luego siempre se puede hilar fino. Una anecdota curiosa es que en barcelona me resultó demasiado habitual ver locales que decían que no aceptaban a gente que viniera de una despedida de soltero.

Algo que puedo entender, pero a la vez me parece más que cuestionable, si alguien que venga de una celebración así genera jaleo, pues se le echa, y no se generaliza con todos. Generalizar por esa razón a cierto grupo de personas, no me parecería diferente de decir que la mayoría de gente de XXXX país monta jaleo, así que no son admitidos.