Publicado hace 8 años por PepitaJimenez1 a cursosprociensa.wordpress.com

En beneficio propio (obliga la ley), facilitar la tarea al médico. No se trata de acudir al médico como a un banco, a reclamar por escrito: lo dice la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica Artículo 2. Principios básicos. Los pacientes o usuarios tienen deber de facilitar datos sobre su estado físico o su salud de manera leal y verdadera, así como colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios por razones