Hace 3 años | Por bonobo a mundojuridico.info
Publicado hace 3 años por bonobo a mundojuridico.info

El principio non bis in ídem impide que un mismo sujeto sea sancionado en más de una ocasión con el mismo fundamento y por los mismos hechos. El Tribunal Constitucional (TC) ha reiterado que el principio non bis in idem se configura como un derecho fundamental, integrado en el artículo 25.1 de la Constitución Española. Aplicación por el Tribunal Supremo en sentencia 28.01.2015

Comentarios

TardisKun

Es bastante habitual que, sanciones de aparcamiento, zona de regulación horaria y cosas similares (si no ha transcurrido tiempo excesivo y es el mismo lugar) se puedan recurrir en vía administrativa y se gane el recurso. Para las de velocidad, a menos que sean duplicadas del mismo punto kilométrico y tal, lo llevas crudo.

TardisKun

#2 he editado añadiendo lo que hay entre paréntesis, para mayor claridad

D

¿Y esto, Marchena no lo sabe?