Hace 9 años | Por tiopio a rtve.es
Publicado hace 9 años por tiopio a rtve.es

De seguir adelante con esta propuesta el PP si llega a La Moncloa, al afectar a varios artículos referentes a los derechos fundamentales y libertades públicas de la Constitución, será preciso que se lleve a cabo lo que se denomina procedimiento agravado para reformar la Constitución. Este sistema agravado es el que se utiliza cuando la reforma afecta al Título Preliminar, al Capítulo Segundo, a la Sección Primera del Título I o al Título II. Hasta el momento, ninguna de las dos reformas de la Constitución han precisado de este procedimiento.

Comentarios

A

#4 me parece que no tienes en cuenta el desglose de como afecta ese robo de dinero a las personas. Un robo a una persona solo afecta a esa, pero un robo como el de barcenas afecta a muchisimas personas y deberia haber unos niveles por los cuales al llegar a robar tales cantidades de dinero ya se tenga en cuenta como llega a afectar a las personas y no solo a las cosas

A

Es muy facil tumbar esto por culpa de la puta constitucion. Espero que alguno se atreva a modificarla y que se ponga la cadena perpetua a algunos

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#1 Pues no, siempre que sea "revisable", no va contra la Constitucion porque todo queda en tecnicismo como "cada cuanto se revisa", "en que condiciones se da la libertad", etc, que son asuntos de las leyes que se edifican sobre esta, un asunto que se arregla con unas emiendas a la ley.

Otra cosa es que sea positivo o no, que en mi opinion es que no. Una cosa es que la prision en España sea una risa y pueda haber gente con cientos de delitos por la calle (delinquiendo de nuevo) y otra que nos tengamos que poner medievales.

A

#2 la cadena perpetua revisable no me parece algo medieval, sino que personajes como barcenas se merecen una cadena perpetua

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#3 A ver, hay varios tipos de delitos, pero nos vamos a centrar en los delitos "contra las cosas" y los delitos "contra las personas". Si yo te calzo una hostia es un delito contra las personas, porque agredo a tu persona. Si te mango el reloj es un delito contra las cosas, porque te mango una cosa (que lenguaje tan carcelario se me esta poniendo...).

Los delitos contra las personas son siempre mas graves que los delitos contra las cosas. Si te doy un capon es mas grave que si te robo 2387686798762345 millones de euros (todos sabemos que los tienes, no finjas). Despues el juez aplica agravantes y atenuantes y al final la pena de un delito contra las cosas puede ser mayor que la de un delito contra las personas, pero en principio, los delitos contra las personas son mas graves que los delitos contra las cosas.

Asi que lamento decirte que Barcenas jamas tendria cadena perpetua, porque hasta donde yo se nunca le ha puesto la mano encima a nadie. Ni Blesa, ni Ana Mato, ni ningun banquero o politico que me suene.

Si a un tipo que roba le pones una cadena perpetua, ¿que tienes que hacer con uno que roba, secuestra o viola?