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La Constitución española de 1978, en su polémico artículo 2, consagró “el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones” que integran la Nación española. El propio texto constitucional dio contenido a dicho derecho en el Título VIII, distribuyendo las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en sus artículos 148 y 149. Es lo que los juristas han venido denominando “carta competencial”.