Hace 12 años | Por asakopak a pymes.newblogs.net
Publicado hace 12 años por asakopak a pymes.newblogs.net

Si has estado trabajando y tienes paro acumulado, y además quieres montar una empresa, puedes cobrar anticipadamente ese paro acumulado como inversión en tu propia empresa. Se hace una vez que se ha solicitado el paro y antes de darse de alta como autónomo. Y este trámite se hace en la oficina del INEM que corresponda. ¿Cómo hacerlo?

Comentarios

Stash

Errónea.

No es necesario constituir sociedad para capitalizar el paro, ni hacer inversión si no es necesario.
Soy autónomo y capitalicé el 100% de la prestación en cuotas a la seguridad social sin necesidad de invertir y sin necesidad de crear ningún tipo de sociedad mercantil.

areska

#2 Porque capitalizaste en cuotas. Si quieres el dinero es distinto, has de justificar gastos.

Stash

#3 Ya pero el artículo indica, o lo parece, que solo se puede capitalizar el paro creando una sociedad mercantil y no es así.

areska

#5 Lo que dice #4 también es correcto ya que la noticia, más que un artículo, parece un telegrama...

D

#2 Lo que dice #3 es correcto. Son casos distintos, una cosa es la capitalización y otra lo que tú has hecho.

Stash

#5 En los papeles que firmé yo ponía por todos lados capitalización de la prestación por desempleo roll y la legislación tenía la misma numeración, fechas y BOE que la que se aplica a todo esto.

D

#7 Son conceptos diferentes, aunque las dos se regulen en la misma norma.
Pero bueno, no voy a discutir, son aspectos diferentes de la idea de dedicar la prestación a una inversión productiva.

areska

Ojo con esto porque si capitalizamos el paro hay que comprometerse a estar de autónomo como mínimo tres años, si no es así tenemos que devolver la pasta. No sé si esto ha cambiado o no, pero hace unos meses era así, aunque no nos extrañe que vuelva a cambiar en breves...