Hace 11 años | Por PacoGZ a rankia.com
Publicado hace 11 años por PacoGZ a rankia.com

Breve comparativa entre la Constitución italiana (en vigor desde 1948) y la Constitución española aprobada tres décadas más tarde. La comparativa es sobre los principios constitucionales, es decir, los pilares o principios fundamentales del orden jurídico-político que configuran ambos Estados. En la Constitución española se le llama Título preliminar y en la italiana Principios fundamentales.

Comentarios

D

Creo que cualquier alumno de la E.S.O. podría haber escrito un articulo más completo y riguroso.

iramosjan

#2 Te quedas corto... porque resulta evidente que ni siquiera se ha leído nuestra Constitución. O eso, o ha trabajado muy duro para olvidarse de ella y escribir la entrada más imbécil que haya concebido la mente humana (y sigo luego porque le he dado al intro sin querer).

iramosjan

Continuando #3.

De la Constitución de la República Italiana

http://es.wikisource.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_la_Rep%C3%BAblica_Italiana

Artículo 5
La República, una e indivisible, reconocerá y promoverá las autonomías locales...

Artículo 7
El Estado y la Iglesia católica son, cada uno en su propia esfera, independientes y soberanos.

Artículo 52
La defensa de la Patria constituye un deber sagrado del ciudadano.
El servicio militar es obligatorio, dentro de los límites y con las modalidades establecidos por la ley. Su cumplimiento no perjudicará la situación laboral del ciudadano ni el ejercicio de sus derechos políticos.
El ordenamiento de las Fuerzas Armadas estará inspirado en el espíritu democrático de la República.

Artículo 54
Todos los ciudadanos tienen el deber de ser fieles a la República y de observar la Constitución y las leyes.

Artículo 114
La República está constituida por los Municipios, las Provincias, las Ciudades metropolitanas, las Regiones y por el Estado.
Los Municipios, las Provincias, las Urbes metropolitanas y las Regiones son entes autónomos con sus propios estatutos, facultades y funciones según los principios establecidos en la Constitución.
Roma es la capital de la República, con un régimen propio que se regulará por la legislación del Estado.

* * *

Etc, etc, etc. En resumen: Este hombre ha decidido engañar a sus lectores con todo el descaro del mundo.

Nandete

Y a mi que mas me da la constitucion española, si no se cumple de que me sirve?