Publicado hace 12 años por Diario_La_Página a lapagina.com.sv

La modificación aprobada dictamina que, "en los procesos de inconstitucionalidad de leyes, decretos o reglamentos, o en las controversias y causas a que se refieren los artículos 138 y 182, atribucón séptima de la Constitución, para pronunciar sentencia o autos, necesitará por lo menos cuatro votos conformes".