La Audiencia de Barcelona ha condenado a una empresa que organiza bodas y banquetes en un restaurante de Argentona a pagar una indemnización de 10.265 euros por la utilización de la música en las celebraciones. El dinero irá a parar a Agedi y AIE, dos entidades de gestión de derechos de la propiedad intelectual de artistas. El tribunal de la sección 15ª acuerda también que la sociedad tendrá que suspender la celebración de estos actos hasta que obtenga la autorización pertinente.
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El tribunal de la sección 15ª acuerda también que la sociedad tendrá que suspender la celebración de estos actos hasta que obtenga la autorización pertinente.
No pueden seguir funcionando con música Copyleft o CC?
Ya mismo intentarán cobrar por cantar en la ducha