Hace 17 años | Por Elfak a saberderecho.blogspot.com
Publicado hace 17 años por Elfak a saberderecho.blogspot.com

Reflexiones sobre el sistema penal argentino y la ilicitud ir bebido por la calle, como muestra el Código de Faltas de Buenos Aires: "... con pena de multa del quince (15) al cuarenta (40) por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto de hasta cuarenta (40) días (al que) transite o se presente en lugares accesibles al público en estado de ebriedad o se embriague en lugar público o abierto al público. La pena se duplicará si se ocasionare molestias a los demás"