Los empleados públicos no pueden acumular el permiso de paternidad de 15 días recogido en el Estatuto Básico de la Función Pública con los 13 días de permiso por nacimiento de hijo que concede el Estatuto de los Trabajadores en virtud de lo dispuesto en la Ley de Igualdad.
Comentarios
Me parece muy bien. Porque los funcionarios deben tener 30 días de paternidad, cuando el resto de trabajadores solo tenemos 15.