Hace 12 años | Por Maroto a portalelectoral.es
Publicado hace 12 años por Maroto a portalelectoral.es

En las elecciones de 2008 más del 86% de las circunscripciones no tenían un tamaño suficiente para que en ellas la asignación de escaños se pudiera considerar proporcional. Esto supone que alrededor de 2/3 de los diputados se reparten de manera muy poco o nada proporcional. En términos matemáticos, que no jurídicos, se produce una contradicción entre el requisito 2 (la provincia como circunscripción) y el 3 (reparto de diputados de tipo proporcional) del artículo 68 de la Constitución.