Hace 13 años | Por --4050-- a cotizalia.com
Publicado hace 13 años por --4050-- a cotizalia.com

En contra de lo que mucha gente pueda pensar, comparándola con la de otras jurisdicciones, la legislación española es especialmente benévola con quienes no habiendo cumplido en tiempo sus obligaciones tributarias, deciden ponerse al día de las mismas voluntariamente. Cuando un contribuyente autoliquida o declara un tributo fuera de plazo sin que haya sido requerido para ello por la Administración, no se le imponen sanciones y tan sólo le es exigible una prestación accesoria consistente en un recargo de entre el 5% y el 20%...