Hace 14 años | Por marien1982 a cotizalia.com
Publicado hace 14 años por marien1982 a cotizalia.com

En un entorno económico en K.O. técnico, los nuevos modelos de negocio que sepan adaptarse, podrán sobrevolar los tiempos duros que aún quedan por soportar. En ese nuevo territorio aparecen conceptos como la economía relacional o de la atención, donde las nuevas aportaciones que las redes sociales y los escenarios digitales distribuidos ofrecen un canal claro para ajustar costes...

Comentarios

andresrguez

Suele interpretarse muy mal todo este asunto y se incorpora el concepto “pirata”. No es piratería copiar, simplemente es copiar. Piratear es robar material original o atribuirse la autoría, una copia no es un robo ni una apropiación, es sólo una copia. Es difícil contrarrestar a la tecnología y a sus avances en ese campo. Copiar se ha convertido en una usabilidad más del sistema de reproducción por lo que parece absurdo enfrentarse a algo que sólo hará que crecer. Asumiendo cierta guerra a quien se lucre de esas copias, cosa que me parece delictivo, no aceptaré que se meta en el mismo saco todo lo demás.

Reconoce que el lucro es delito (sobre lo que versa el punto de la LES). Cuando no hay lucro (no hay publicidad, suscripción, etc...) no es delito (emule por ejemplo), aunque seguiremos con la matraca de que todo vale y todo es legal, cuando no es así.

Si hay lucro -> delito.
No hay lucro -> No es delito.

El demandado Jesús Guerra es dueño de un bar en el polígono industrial de Caldas de Monbui (Barcelona) y creó la página web Elrincondejesus como hobby, para colgar enlaces de los programas p2p BitTorrent y eMule para descarga de películas y música. El juez reconoce en la sentencia que no había ningún ánimo de lucro, ni directo ni indirecto, porque el titular "no percibe cantidad alguna directa o indirectamente relacionada con el servicio que ofrece", y no tenía publicidad.
http://www.elpais.com/articulo/cultura/sentencia/civil/declara/legales/redes/p2p/descargas/elpeputec/20100314elpepicul_5/Tes