Hace 13 años | Por marcario a ceconsulting.es
Publicado hace 13 años por marcario a ceconsulting.es

La ley 39/2010 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2011, introdujo, entre otros, siguientes exenciones en determinadas operaciones realizadas por sociedades residentes en España con otras sociedades residentes en otros . Que ambas sociedades estén sujetas y no exentas a alguno de los tributos que gravan los beneficios de las entidades jurídicas en los Estados miembros de la Unión Europea. b) Que la distribución del beneficio no sea consecuencia de la liquidación de la sociedad filial.

Comentarios

D

Básicamente consisten en poner a los currantes con el culo en pompa y embadurnado de vaselina para que al inversor extranjero le sea mas fácil darnos por culo...