Los mossos d'Esquadra podrán realizar, si lo solicitan, tareas no estrictamente policiales dentro del Cuerpo desde los 57 años o en caso de disminución de capacidades físicas o psíquicas debido a un accidente o enfermedad y cobrando lo mismo, gracias al decreto de segunda actividad aprobado hoy por el Govern. Los policías en segunda actividad dispondrán de su tarjeta de identidad profesional y su placa, y sólo mantendrán el arma reglamentaria si lo permite el informe médico.