Publicado hace 17 años por deyanira a administracionpublica.com

Recientemente publicó el periódico El Heraldo de Aragón (en portada de 14 de abril) la noticia cuyo titular era: “Las ochocientas romerías de la Comunidad necesitarán un permiso especial si recorren el monte”. Añadía que en Aragón la normativa de montes había prohibido la circulación motorizada por las pistas forestales de toda la Comunidad. Esta inquietante noticia, me indujo a comprobar qué es lo que se regulaba de nuevo en la normativa recientemente aprobada.