Según sentencia del Tribunal Supremo, a instancia de la Federación Galega de Municipios y Provincias (Fegamp), los parques eólicos tributarán como bienes de naturaleza especial, pasando de un tipo del 0,40 % al 1,30 %, lo que supone triplicar los ingresos municipales por este concepto. Es una importante y justa noticia porque se beneficia a los municipios con instalaciones eólicas que normalmente no disponen de otros recursos para su desarrollo, como es el caso de Muras (Lugo)
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La cuestión es sacar tajada, de donde sea.