Publicado hace 14 años por Er_Quejio a extremaduraprogresista.com

La instalación de cámaras de videovigilancia en centros de trabajo, aunque se realice con la única finalidad de vigilar las instalaciones, en la medida en que permita un seguimiento del desempeño de la actividad de los trabajadores, es una cuestión que ha de abordarse con cautela a los efectos de preservar el honor y la intimidad de los trabajadores pues resulta evidente que pueden producirse intromisiones ilegítimas por parte del empresario.