Hace 12 años | Por Tribuna_del_Jur... a abc.es
Publicado hace 12 años por Tribuna_del_Jurista a abc.es

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado una de las dos condenas impuestas a un joven por amenazar de muerte a la que había sido su pareja, a la que no podía acercarse por tener una orden de alejamiento, y a la que dijo que "era suya y de nadie más" cuando ambos coincidieron en un concierto celebrado en Calasparra el 29 de julio de 2007.

Comentarios

D

Y si te asesino mientras duermes me rebajan la pena porque no te enteraste de nada

VG6

#1 Entonces si estando en mi casa veo al rey por la tele y le insultara y amenazara... ¿debería ir a la carcel por injurias y amenazas?

D

#3 Creo que tú mismo te darás cuenta de la diferencia entre cagarte en alguien en privado y amenazarle a la cara. De hecho, una amenaza ya cuenta como tal si la haces en público.

VG6

#4 ¿Y si en mi casa estan mis amigos?, Y si asisto al desfile de las fuerzas armadas y comento esto junto al publico.

D

#5 Mientras tus amigos no te denuncien, ni se lo digan a la persona aludida...

Vamos, es que no sé qué estás preguntando: un delito no deja de serlo porque lo hagas a escondidas, pero si no te pillan, te libras, claro.

VG6

#6 "si el mensaje, la advertencia delictiva, no llega a su verdadero destinatario, porque no se entera de lo sucedido, no se estará afectando ni la libertad de decisión ni la necesaria tranquilidad de la víctima y, por tanto, no se puede cometer el delito o la falta de amenazas"

D

#7 Es lo mismo que te he dicho, con otras palabras: si alguien se lo dice al aludido, mal vamos.

La chica no lo oiría bien, pero el caso es que la chica ahora sí que lo sabe, por tanto...

A

¿Y si el asesino es un ninja?