El Síndic de Greuges, señala en una recomendación: «no hay que olvidar que la problemática del ruido afecta directamente a la salud de los vecinos, cuya protección garantiza el artículo 43.1 de la Constitución». Del mismo modo, advierte de que «también está en juego el derecho a una vivienda digna, establecido en el artículo 47 de la Carta Magna, que garantiza el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio».
Comentarios
Habría que ver que es exactamente lo que garantiza ese artículo y que se entiende por vivienda digna e intimidad personal.
Lo que habría que ver es si el ensordecedor ruido de las obras públicas no lo hacen también...