Hace 12 años | Por luis.ltd a elidealgallego.com
Publicado hace 12 años por luis.ltd a elidealgallego.com

Uno de los puntos más llamativos es el que hace referencia a la rotación de los vehículos. La norma, aprobada por el Ayuntamiento en 1998, estipula que, una vez expirado el tiempo máximo de estacionamiento, se deberá desplazar el vehículo “al menos dos tramos de vía o durante un mínimo de 30 minutos antes de regresar al mismo tramo”.

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#0 Menuda patada al diccionario te falta la H.

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Ordenanza Reguladora de Aparcamiento