Hace 16 años | Por torolevantado a contencioso.es
Publicado hace 16 años por torolevantado a contencioso.es

El Tribunal Constitucional condena a la empresa naviera de un Ferry por el acoso sexual que acometió un supervisor a una camarera del buque, lo que supone abrir el paso a la responsabilidad de las empresas y Administraciones por las situaciones de acoso sexual "entre sus trabajadores" pues hace derivar un deber empresarial de "policía sexual" para eliminar todo indicio de tales situaciones. El problema será la eclosión de demandas de indemnización que puedan dirigirse no frente al acosador sino ante la empresa por ser mas solventes

Comentarios

iramosjan

Me he leído el texto entero (y me ha costado) y el caso de "misterioso" no tiene nada. Todo lo contrario, el acoso era público y descarado, un caso tan evidente que resulta vergonzoso: ¡La camarera recurrió a un superior y este le dijo con todas las letras que "para recuperar su anterior puesto, 'debería pasar por la cama del Sr. Mason' ".

¿Que se hace responsable a la empresa? Faltaría más... Es el mismo caso que si una fábrica contamina un río. Que sean responsables los directivos implicados directamente no exime de responsabilidad a la empresa.

t

Veamos, lo de "misterioso" alude al culebrón de testigos, encuentros y vicisitudes que relata la sentencia. Y lo "curioso" del caso es que se responsabilice a una empresa de dos mil trabajadores porque un trabajador de la empresa concesionaría del catering ( el acosador) acose a una empleada de la empresa concesionaria del servicio de camareras (la acosada). De ahi ,la sorpresa de la empresa de que se le responsabilice por ello.