Hace 10 años | Por javiy a laboro-spain.blogspot.co.uk
Publicado hace 10 años por javiy a laboro-spain.blogspot.co.uk

La sentencia se refiere a un caso concreto en el que se dan una seria de particularidades que, sin ellas, el TC no habría denegado el amparo al trabajador. Todavía, sin un empresario decidiese intervenir el correo electrónico de un empleado sin cumplir esas particularidades y despedir a ese empleado, el despido sería nulo.

Comentarios

Fotoperfecta

Yo he flipado al ver hoy en las noticias que la causa real del despido es haber pasado información sensible a la competencia por medio del correo de la empresa.
En todos los medios se quedaban en la forma y no el fondo.
Desde luego los medios cada vez más se cubren de gloria por tener un poco más de audiencia

frankiegth

Para #1. '...Desde luego los medios cada vez más se cubren de gloria...'

Razón por la que los artículos del blog 'Laboro' deben ir directos a portada.

D

#1 Es que si no se avala la lectura del correo, no se tiene esa prueba y el despido es nulo.

Otra cosa es que para acceder al correo se necesite que se cumplan las condiciones que indican en el artículo de laboro... que por lo que sé ya se cumplen en prácticamente todas las empresas.

Ruador

Es que es mucho mejor el titular de que los jefes pueden leer los mail a que un empleado pasa informacion a la competencia...

La sentencia se refiere a un caso concreto en el que se dan una seria de particularidades